El caso de la mansión Ágreda, uno de esos asuntos enredadera en el que convergen lo político y lo judicial, ha tocado a su fin. Siete años después de que el inmueble fuera cedido a la oenegé Federación de las Agencias Internacionales para el Desarrollo ( ... AIDE), que pretendía rehabilitarla para su uso social, la Sala de lo Civil del Tribunal Supremo ha confirmado la devolución a la ciudad del histórico caserón albaicinero. El trato se consumó durante el mandato de José Torres Hurtado, pero el equipo del PSOE que le sucedió revirtió la decisión. Y ahí empezaron los pleitos.
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Lo cierto es que el Ayuntamiento ya había recuperado las llaves de Casa Ágreda en 2021, pero faltaba por recorrer el último tramo de esta historia. Después de que en 2019 la Audiencia de Granada ratificase que el edificio debía reintegrarse a la capital, AIDE, la entidad adjudicataria, presentó un recurso ante el Supremo para solicitar la anulación del fallo y poder seguir manteniendo el traspaso durante los 40 años que preveía el pacto firmado con el gobierno local que presidía Torres Hurtado. Este intento postrero de AIDE también ha fracasado. En una resolución dictada este pasado mes de julio, el Alto Tribunal no ha admitido la apelación de la asociación, lo que significa la confirmación automática de la legalidad de la devolución de Casa Ágreda a Granada. En otras palabras, que el Ayuntamiento llevaba razón cuando rompió el acuerdo y AIDE ha perdido definitivamente la partida.
Todo empezó en 2015, cuando el Consistorio firmó un convenio con la oenegé en cuestión para la cesión por 40 años de la finca. El documento incluía una opción de compra de la edificación. A cambio, la asociación debía invertir 4,9 millones de euros en la rehabilitación de la mansión.
El caso es que el asunto se judicializó y magistrado que lo vio en primera instancia dictaminó que AIDE había incumplido el compromiso. Según la sentencia, «no es que nos encontremos ante un mero retraso, sino que resulta que AIDE no está dispuesta o preparada para iniciar la obra si no se inscribe el derecho de opción de compra».
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La organización no gubernamental elevó entonces el pleito a la Audiencia Provincial, que respaldó punto por punto lo que había sentenciado el juez.
Pero AIDE no desistió en su empeño y usó su último cartucho: acudió al Tribunal Supremo. Tampoco ha tenido éxito. La sala de lo Civil de la institución reproduce los argumentos que ya figuraban en las anteriores resoluciones en inclina la balanza en favor del Ayuntamiento capitalino. «(...) Pretendiendo el Ayuntamiento poner en uso y valor el inmueble mediante su rehabilitación integral, y estableciendo la obligación directa y clara del adjudicatario de ejecutar la obras de rehabilitación en los plazos que se fijan, (...), por lo que concluye la sentencia recurrida que la demandada ha incumplido, porque no ha presentado proyecto ni comenzado la obra», recuerda el Supremo en su auto.
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