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Recomendaciones para mejorar la ordenanza de veladores. El Consejo Económico y Social de la Ciudad de Jaén ha emitido un dictamen centrado en la mejora ... de la ordenanza municipal que la corporación municipal aprobó el pasado mes de mayo en pleno. La normativa contempla la subida de las sanciones, además de una actualización de la normativa, que data del 29 de octubre de 2012, así como acotar aspectos relacionadas con la protección del paisaje urbano o los derechos y deberes de los titulares de licencias
Entre las conclusiones a las que llega el CES (en un dictamen con carácter previo, preceptivo y no vinculante), valora el hecho de que la instalación de veladores contribuye a convertir los espacios de uso público en lugares para la convivencia y las relaciones sociales, pero al mismo tiempo este aprovechamiento debe realizarse de «una forma ordenada a fin de garantizar los derechos relativos al uso de esos espacios públicos, tranquilidad y descanso, accesibilidad, seguridad pública así como la protección del medio ambiente».
En este sentido, «se echa en falta un análisis técnico que venga a avalar la compatibilidad de la accesibilidad y libre deambulación de los ciudadanos». Por ello, se solicita una especial cautela a la hora de regular aspectos, como las medidas de las mesas, pasillos interiores y pasillos exteriores de cara a salvaguardar el derecho a las personas con movilidad reducida.
Por otro lado y a fin de que determinadas zonas con alta densidad de establecimientos «no pierdan su personalidad y garantice su protección», las autorizaciones «deben establecerse con criterios de accesibilidad, contaminación acústica, ocupación del espacio público y convivencia, pero no por el tamaño del interior de los negocios». Y siempre mirando por el bien de la convivencia.
En relación al proceso de concesión de la licencia, el CES recuerda que «según experiencias acumuladas», se trata de «un procedimiento tedioso, excesivamente burocratizado y lento en cuanto a su resolución final». A tal efecto, «se propone minorar el plazo hasta los tres meses (en lugar de seis) y así modificar el silencio administrativo».
Por otro lado, y con el fin de evitar una subida descontrolada del número de veladores «es preciso establecer una limitación a dicha ocupación en función del aforo». Para ello, proponen limitarlo con un número máximo de metros o de mesas o un mix de ambas.
En su informe, el CES denuncia «la omisión regulatoria en torno a las plazas y otros espacios singulares», por lo que se solicita un estudio individualizado, atendiendo a su especial situación específica. En concreto, al margen de la prohibición especial de la Plaza Santa María, se considera conveniente establecer para zonas determinadas –como Bernabé Soriano, San Ildefonso, Dean Mazas- condiciones específicas para la instalación de veladores.
Otra recomendación de este órgano local pasa por introducir el principio de la capacidad económica del presunto infractor, por el que las sanciones económicas se fijan en función de la capacidad económica del condenado.
Del mismo modo, aprecian «multitud de exigencias y obligaciones para los establecimientos no contempladas en la normativa precedente, estableciéndose un marco regulatorio mucho más exigente», por lo que proponen que se plantee un período transitorio mayor pensando en aquellos establecimientos que hayan realizado su inversión recientemente y tengan que adaptarse.
También se hace referencia a los controles por parte de la policía, mediante la realización de las correspondientes inspecciones periódicas, con el fin de «consensuar y armonizar los derechos de disfrute y descanso de las personas».
El texto cumple con la normativa vigente, aunque con posibilidad de añadir mejoras, concluye el CES. Entre las razones que aporta para señalar que la nueva ordenanza es necesaria, resaltan tres: el tiempo transcurrido de la anterior (de 2012); la adaptación del texto a las nuevas normas para su mejora y cubrir posibles carencias, y llegar a un equilibrio entre el uso de estos espacios para el apoyo al sector y los intereses de la ciudadanía, respetando el entorno, la seguridad y la circulación.
Desde el CES local también se pide que se aporte «mayor seguridad jurídica» a aspectos claves como, otorgamiento, revocación o suspensión de la licencia, período de ocupación, horario, ubicación de la terraza, el número de mesas, sillas y demás elementos auxiliares, o características del mobiliario. El objetivo es «evitar que todo dependa del criterio del técnico municipal al que se encomiende el expediente, o bien de instrucciones internas para tratar de evitar situaciones de desigualdad de trato».
Ordenanza
La principal novedad de la ordenanza aprobada en mayo es el aumento en las sanciones que pueden llegar a los 6.000 euros. Con respecto a los horarios, van en línea de la normativa autonómica y recoge que el cierre será media hora antes del fijado en el establecimiento y nunca más tarde de las 1:00 de la madrugada (en el anterior eran las 1:30 horas). Además, el Ayuntamiento podría ajustar los horarios y hacerlos más restrictivos, en caso de que sean zonas acústicamente saturadas. Así, al finalizar, el mobiliario deberá quedar recogido.
La distribución de veladores en la capital, especialmente en la zona centro, ha sido objeto de debate, y a veces de polémica, entre quienes consideran que la vía pública «está invadida por los veladores» y quien defiende esta medida para poder llegar a la demanda actual. Con esta nueva ordenanza, el objetivo es «proteger los intereses generales de la ciudadanía y solucionar los inconvenientes derivados por la instalación de este tipo de veladores».
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