El Gobierno aprueba la autorregulación del sector del aceite para mejorar los precios y aumenta las exigencias del panel de catas

Permitirá la retirada temporal de producto e incluso destinarlo a fines no alimentarios para reequilibrar la oferta y la demanda

Martes, 9 de febrero 2021, 17:12

Luz verde a una vieja reivindicación del sector del aceite de oliva. Una herramienta con la que poder retirar producto en los años de mucha producción, compensando las campañas con menos cosecha y limitando así los picos en el precio del 'oro líquido' en origen, el que reciben agricultores y productores. El Consejo de Ministros ha aprobado este martes el real decreto que desarrolla la aplicación del artículo 167 bis de la Organización Común de los Mercados Agrarios (OCMA) de la Unión Europea para fijar los requisitos y el contenido de una norma de comercialización para el sector del aceite de oliva.

Publicidad

El desarrollo de esta medida, destacan desde el Ministerio, ha sido posible tras la aprobación del reglamento transitorio que incluye la extensión del mecanismo previsto en el sector del vino al del aceite de oliva, como había sido solicitado por España en el transcurso de las negociaciones de este reglamento y de la futura Política Agraria Común (PAC).

En concreto, la norma nacional, largamente demandada por los representantes del sector, entre ellos las organizaciones agrarias de Jaén, posibilita la autorregulación en un cultivo cuya producción se encuentra caracterizada por el fenómeno de la vecería, con campañas de producciones muy altas alternadas con otras de rendimientos bajos.

Esta es una de las causas de la gran volatilidad de los precios, que tiene a su vez una clara incidencia en la viabilidad económica de muchas de las explotaciones oleícolas, en particular las más tradicionales.

El Gobierno podrá aprobar «una retirada temporal de producto de manera obligatoria para todos los operadores del sector, hasta la campaña siguiente, e incluso determinar su destino a uso no alimentario».

Este real decreto permitirá que el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, «ante situaciones de claro riesgo de desequilibrio de mercado pueda, previa consulta a las comunidades autónomas y a los representantes del sector, determinar a través de una orden una retirada temporal de producto de manera obligatoria para todos los operadores del sector, hasta la campaña siguiente, e incluso determinar su destino a uso no alimentario».

Publicidad

De esta forma, según ha resaltado la ministra portavoz, María Jesús Montero en la rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros, se pretende favorecer la recuperación de los precios percibidos por los agricultores en situaciones de crisis como las que se han padecido en las dos campañas anteriores.

«Creo que es una norma que dará satisfacción a una parte de las reivindicaciones del sector, al posibilitar la autorregulación en un sector que se catacteriza por campañas de producciones muy altas alternadas con otras de rendimientos bajos y esta variabilidad es la que necesitamos estabilizar en el medio plazo», ha señalado la portavoz.

Publicidad

Desde el sector es bien recibida la medida, aunque se echa en falta «establecer los parámetros tasados para la entrada en funcionamiento del mecanismo«, de tal manera que no sea necesario convocar una consulta, sino que cuando esos parámetros se alcancen »automáticamente« haya que activar el mecanismo.

Cambios para decidir la calidad de un aceite

También se ha aprobado este martes un real decreto de modificación de la normativa básica que regula los paneles de catadores de aceite de oliva virgen y busca dar la máxima seguridad jurídica al funcionamiento de los paneles estableciendo unos requisitos más exigentes que los hasta ahora vigentes. Tras trece años de aplicación, se modifica la normativa básica que rige su creación y operatividad.

Publicidad

En concreto, el objetivo es profundizar en su armonización y mejorar la formación de sus integrantes y la supervisión que se realiza de estos equipos, que serán autorizados en función de resultados.

El aceite de oliva es el único producto agroalimentario en el que se usa la cata para distinguir una categoría de otra

Agricultura ha precisado que esta nueva norma introduce requisitos para la autorización de los paneles de catadores oficiales, que tendrán que ser designados por la autoridad competente y superar determinadas pruebas de aptitud de manera periódica.

Publicidad

Para ello, la autoridad para la que realicen el trabajo podrá llevar a cabo cuantas acciones de control considere oportunas con el fin de evaluar la idoneidad de los jurados y verificar que no existen conflictos de interés.

Por otra parte, se incluyen nuevas exigencias de formación para los jefes de panel, que también deberán acreditar un tiempo mínimo de experiencia que se recomienda de dos años. Además, se crea la Mesa de Jefes de Panel, con indicación de composición y funciones, para favorecer la armonización de las actuaciones de todos ellos.

Noticia Patrocinada

El Departamento que lidera Luis Planas considera que esta actualización garantizará la «verdadera calidad» en el producto y lo preservará mejor frente a posibles fraudes, ya que ofrecerá mayores garantías a los operadores, por lo que se estima que tendrá un impacto positivo sobre la economía.

El aceite de oliva es el único producto agroalimentario en el que se usa la cata para distinguir una categoría de otra. Se trata de un método oficial avalado por estándares internacionales con validez científica y reconocido por el Comité Oleícola Internacional (COI) y la Unión Europea.

Publicidad

Agricultura ha subrayado que trabaja en la búsqueda de métodos alternativos complementarios, pero que todavía no ha sido posible encontrar uno suficientemente satisfactorio.

Este contenido es exclusivo para suscriptores

Suscríbete durante los 3 primeros meses por 1 €

Publicidad