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PACMA exige la retirada de jaulas trampas para palomas en Arjonilla

PACMA exige la retirada de jaulas trampas para palomas en Arjonilla

El partido animalista defiende que esta medida podría suponer la captura indiscriminada de aves sin supervisión, lo que vulneraría normativas nacionales y europeas

Jesús Jiménez

Jaén

Lunes, 2 de septiembre 2024, 18:02

El Partido Animalista Con el Medio Ambiente (PACMA) en Jaén ha presentado un escrito ante el Ayuntamiento de Arjonilla tras conocer el bando publicado por el Consistorio el pasado 27 de agosto, anunciando el inicio de una campaña para controlar la población de paloma doméstica mediante la colocación de jaulas trampa en viviendas del municipio.

El partido animalista ha manifestado su preocupación ante esta medida, ya que la colocación de jaulas trampa bajo la responsabilidad del Ayuntamiento podría resultar en la captura indiscriminada de palomas y otras aves, dejándolas expuestas a la intemperie y sin supervisión adecuada, según afirman. «Esta situación podría constituir una vulneración de diversas normativas nacionales y europeas relacionadas con la protección de la biodiversidad y el bienestar animal », ha aseverado Noemí Pulido, coordinadora provincial del partido.

En el escrito PACMA ha solicitado al Ayuntamiento de Arjonilla la suspensión inmediata de las actividades de control de palomas mediante jaulas trampa y exige la adopción de medidas de control ético que respeten la normativa vigente y el bienestar animal.

Legislación

Desde la organización señalan que algunas de las normativas potencialmente vulneradas, a criterio del Partido Animalista, se encuentran el Artículo 65.3 y el Anexo VII de la Ley 42/2007, de 13 de diciembre, del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad; así como varios artículos de la Directiva 2009/147/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 30 de noviembre de 2009, relativa a la conservación de las aves silvestres. Esta normativa incluye el Artículo 5, el Artículo 1 y el Artículo 8.1, así como el Anexo II, donde la paloma urbana está catalogada como paloma bravía o doméstica (Columba Livia).

Además, la Ley 7/2023, de 28 de marzo, de protección de los derechos y el bienestar de los animales, en su artículo 22, punto 5, regula la recogida y atención de animales, lo que podría no estar siendo cumplido en este caso.

Asimismo, la coordinadora ha solicitado formalmente al Ayuntamiento, en virtud de la Ley 27/2006, de 18 de julio, que regula los derechos de acceso a la información, participación pública y acceso a la justicia en materia de medio ambiente, que remita copia telemática de la documentación relacionada con la colocación de estas jaulas. Esta solicitud incluye la autorización expresa del órgano correspondiente, la resolución motivada que justifique la decisión, las soluciones alternativas consideradas, las medidas futuras previstas y cualquier otra información relacionada con estos hechos.

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