![Convocadas las bases de las oposiciones de la UGR a auxiliares administrativos e informáticos: requisitos y plazos](https://s2.ppllstatics.com/ideal/www/multimedia/201810/09/media/cortadas/oposiciones-ugr-kuBI-U601188848695mEB-624x385@Ideal.jpg)
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Una de las Ofertas de Empleo Público más esperadas entra en su recta final. Este martes el Boletín Oficial del Estado ha publicado las bases de las convocatorias de las 77 plazas de la Escala Auxiliar Administrativa de la Universidad de Granada (subgrupo C2) y otras 9 plazas en la Escala Gestión Informática (Grupo A, Subgrupo A2).
De esta forma, ya se conocen los requisitos que deben cumplir los aspirantes, así como los plazos y documentación para la presentación de las solicitudes y el inicio del calendario del primer ejercicio del proceso selectivo: a partir del 1 de diciembre en ambos casos.
En el caso de los aspirantes a informáticos el procedimiento de selección será el de concurso-oposición con las pruebas, puntuaciones y materias que se especifican en este documento. El mismo tiempo de proceso será el aplicable a quien opte a la plaza de auxiliar administrativo, cuyas bases se pueden consultar aquí.
La presentación de solicitudes se hará en el Registro General de la Universidad de Granada, en cualquiera de sus registros auxiliares o en alguna de las formas establecidas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas en el plazo de los veinte días hábiles siguientes a la publicación de esta convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado», desde el día 10 de octubre al 8 de noviembre de 2018.
Los derechos de examen serán de 17,50 euros, y se ingresarán en la cuenta ES05 2038 3505 3664 0001 2738 de cualquier oficina de Bankia, abierta a nombre de «Pruebas Selectivas de Acceso a la Universidad de Granada», bien directamente o mediante transferencia bancaria a dicha cuenta. En la solicitud deberá figurar el sello del mencionado banco, acreditativo del pago de los derechos, o ir acompañada del resguardo acreditativo de la transferencia, cuya falta determinará la exclusión de la persona aspirante.
El proceso selectivo se desarrollará de esta forma: el primer ejercicio se iniciará a partir del 1 de diciembre de 2018. La fecha, hora y lugar del mismo, se fijará en la Resolución del Rectorado en que se aprueben las listas de personas admitidas y excluidas, así como la composición del Tribunal
Tal y como recoge el BOE, «expirado el plazo de presentación de solicitudes, la Rectora de la Universidad de Granada dictará resolución, en el plazo máximo de un mes, declarando aprobada la lista de personas admitidas y excluidas. En dicha resolución, que deberá publicarse en el «Boletín Oficial de la Junta de Andalucía», se indicarán los lugares en que se encuentran expuestas al público las listas certificadas completas de admitidos y excluidos indicándose, en este último caso, las causas de exclusión, así como el lugar, fecha y hora de comienzo del primer ejercicio».
A continuación, «las personas que figuren excluidas dispondrán de un plazo de diez días hábiles, contados a partir del siguiente al de la publicación de la resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, para poder subsanar el defecto que haya motivado la exclusión. Transcurrido el plazo de reclamaciones la Rectora de la Universidad de Granada, dictará resolución por la que se publica la relación definitiva de personas aspirantes admitidas y excluidas, la cual se publicará en la web del Servicio de Personal de Administración y Servicios «.
a) Tener nacionalidad española o ser nacional de uno de los Estados miembros de la Unión Europea, o nacional de aquellos Estados a los que, en virtud de los Tratados Internacionales, celebrados por la Unión Europea y ratificados por España, sea de aplicación la libre circulación de los trabajadores y las trabajadoras en los términos en que ésta se halle definida en el Tratado Constitutivo de la Comunidad Europea.
También podrán participar el cónyuge de los españoles y de los nacionales de otros Estados miembros de la Unión Europea, siempre que no estén separados de derecho así como sus descendientes y los de su cónyuge, siempre que no estén separados de derecho, menores de 21 años o mayores de dicha edad que vivan a sus expensas.
b) Tener cumplidos los dieciséis años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa.
c) No padecer enfermedad ni estar afectada por limitación física o psíquica que sea incompatible con el desempeño de las correspondientes funciones.
d) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso al cuerpo o escala de funcionario, o para ejercer funciones similares a las que desempeñaban en el caso del personal laboral, en el que hubiese sido separado o inhabilitado. En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleo público.
e) En el caso de los aspirantes a ingresar en la Escala Informática: estar en posesión o en condiciones de obtenerlo en la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes del título de Diplomado Universitario, Ingeniero Técnico, Arquitecto Técnico, Grado, o equivalente, según lo previsto en el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, y de acuerdo con lo establecido en el Real Decreto 967/2014, de 21 de noviembre. Los aspirantes con titulaciones obtenidas en el extranjero deberán estar en posesión de la correspondiente credencial de homologación o, en su caso, del correspondiente certificado de equivalencia. Para aquellos que quieran formar parte del Cuerpo de Auxiliares Administrativos: estar en posesión del título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria, Graduado Escolar, Formación Profesional de Primer Grado o equivalente. En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero, deberá estar en posesión del documento que acredite su homologación o equivalencia con la titulación española exigida.
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