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Patxi Fernández
Jueves, 26 de enero 2023, 03:38
El 1 de enero pasado entraban en vigor numerosas novedades recogidas en la Orden de Movilidad Sostenible de 5 de octubre de 2018. Una norma que fue modificada el 13 de septiembre de 2021 para adaptarla a la Directiva 2008/50/CE del Parlamento Europeo ... y del Consejo, de 21 de mayo de 2008, por la que se establecen los límites de calidad para garantizar un aire saludable.
Todo esto significa que en las ciudades de más de 50.000 habitantes tienen que establecerse las llamadas Zonas de Bajas Emisiones, con medidas que deben de desarrollar e implantar cada uno de los ayuntamientos afectados.
En el caso de Madrid y otras localidades donde ya existía n las ZBE, desde el pasado 1 de han entrado en vigor numerosas novedades recogidas en la Orden. Entre ellas, por ejemplo, que los vehículos de clase A (sin distintivo medioambiental) no pueden circular por la M30 madrileña ni por los distritos que se encuentran en su interior, salvo determinadas excepciones.
Unas medidas que han provocado que aumentasen «llegando a miles» las consultas en las oficinas de gestión administrativa. Por eso el Ilustre Colegio Oficial de Gestores Administrativos de Madrid ha presentado esta mañana un informe, preparado por su Observatorio de Gestión Pública, dirigido a facilitar la comprensión de la Ordenanza de Movilidad de Madrid.
«Cuando salen este tipo de normas se producen también miles de multas, lo que significa que no funcionan correctamente», ha explicado el presidente del Colegio, Fernando Jesús Santiago Ollero.
La dificultad a la hora de saber si un conductor puede o no circular depende de múltiples factores, como el tipo de vehículo y su fecha de matriculación, el tipo de zona a la que se desea acceder, y el horario.
Con ello han elaborado tres trípticos en los que se incluyen todas las normas que se deben cumplir, los tipos de vehículos así como las excepciones.
Además el Observatorio de la Gestión Pública del ICOGAM ha analizado la norma y ha observado una creciente inquietud entre los usuarios de vehículos de diferentes categorías por no alcanzar a comprender adecuadamente la Orden.
A grandes rasgos, los coches con Etiqueta C (verde) –los gasolina matriculados a partir de enero de 2006 y los diésel a partir de septiembre de 2015- y los coches con Etiqueta B (amarilla) –los gasolina matriculados desde el 1 de enero de 2001 y los diésel a partir de 2006- podrán circular en todas las ZBE de cualquier ciudad, aunque pueden ir implementándose restricciones municipales para el aparcamiento -sobre todo en el caso de la Etiqueta B-, como en Madrid Central, donde es obligatorio que aparquen en un parking regulado antes de abandonar la zona.
El resto de los vehículos, los más contaminantes y denominados A -los gasolina anteriores al año 2001 y los diésel anteriores a 2006-, no tiene derecho a ningún tipo de distintivo al no cumplir los requisitos para ser etiquetado como vehículo limpio y son los que quedan más restringidos.
Los coches sin Etiqueta medioambiental no podrán circular por las Zonas de Bajas Emisiones delimitadas por los ayuntamientos, aunque en Madrid y en Barcelona ya existen excepciones a esta norma relacionadas con que el vehículo pertenezca a un residente de la zona, esté adaptado para personas con movilidad reducida, etc.
Al margen de estas normas generales, cada ayuntamiento puede poner en práctica su propia norma o zona de bajas emisiones, lo que, según Fernando Jesús Santiago Ollero significa que «vamos a tener que programar un viaje como se hacía antes con los mapas de carreteras en los años 60, porque si vamos a ir de Madrid a Barcelona pasando por Valencia nos exponemos a que nos pongan tres multas diferentes».
Los gestores administrativos, uno de los colectivos autorizados a la expedición de los distintivos medioambientales.
La mayor parte de matriculaciones y de transferencias de vehículos son realizadas por este colectivo, que cuenta con una encomienda de gestión con la Dirección General de Tráfico (DGT) que permite agilizar estos trámites. Adicionalmente, los Gestores Administrativos también están habilitados para solicitar los duplicados del carné de conducir por pérdida o robo o el permiso de circulación internacional.
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