'Farelaw': un caso práctico
Andrés Ollero
Viernes, 22 de diciembre 2023, 23:13
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Andrés Ollero
Viernes, 22 de diciembre 2023, 23:13
«Qué casualidad que tiene que ser en este día, oye. Mira que podía haber sido un año y medio antes o un año y medio después»
Tontxu Rodríguez
Lo del 'lawfare' se ha convertido, en los medios, en un palabro de obligada alusión. Ya ... todo lector sabe que se aplica a supuestas maquinaciones judiciales fieles a estrategias políticas. Eso pensaba, por lo leído, un aguerrido personaje que circula por la vida identificado con tan sorprendente oxímoron lingüístico (Antonio Julián, para los íntimos). Lo compatibilizaba con sus funciones de secretario de Estado de Justicia, puesto al que saltó desde un escaño del Senado ocupado durante cinco legislaturas.
Tan lapidaria reflexión la emitió escandalizado de que el nada novato juez Manuel García-Castellón, con motivo de la investigación por terrorismo en la causa sobre Tsunami Democràtic, señalara al fugitivo Puigdemont e imputara a doña Marta Rovira. No dudó en acusarlo, por realizar dicho trámite en obediencia a la ley, de querer influir en la negociación mantenida entre PSOE y Junts. Le extrañaba –sin duda por lo mucho derecho procesal aprendido en el Ministerio– que pudiendo «haber sido un año y medio antes o un año y medio después, pues no. Tiene que ser justo en medio de las negociaciones. Si eso no es influir, que venga Dios y lo vea...».
Todo parece indicar que, en el ámbito judicial, junto a las siempre rechazables dilaciones indebidas, que llegan a provocar rebajas en las penas impuestas, habría que añadir unas obligadas dilaciones debidas, imputables a jueces que se permiten aplicar el ordenamiento jurídico, sin cerciorarse con antelación de en qué medida no se ha convertido en inoportuno, dados los insondables cambios de criterio que puedan haberse generado en el sagrado ámbito del Ejecutivo.
Que se sepa, al menos por los que hayan leído alguna vez el primer artículo de la Constitución –lo que no parece mucho pedir a quien era número dos del Ministerio de Justicia–, son valores superiores de nuestro ordenamiento jurídico la libertad y la igualdad. Corresponde a los jueces hacer justicia, que –como su nombre indica– no es sino ajustar ambas, ya que una libertad ilimitada, incluso si la practica el Ejecutivo, es antijurídica; al igual que lo sería una malentendida igualdad, cuando se renunciara a tratar de modo desigual a los desiguales.
De lo que no hay noticia en el citado artículo 1.1 de nuestro texto constitucional es de que haya que convertir en valor superior de nuestro ordenamiento jurídico a meros criterios de oportunidad, más propios del pluralismo político que de la relevante función de hacer justicia.
Todo ello invita a crear un nuevo palabro para caracterizar los esfuerzos de los que pretenden entorpecer desde el Ejecutivo las tareas del Poder Judicial. Dado que es todo lo contrario del presunto 'lawfare', podría valer –para no renunciar a la convincente magia del inglés– un 'farelaw', protagonizado por los que, tras haber convertido los hemiciclos en longa manus del Ejecutivo, estimando que si un parlamentario se ampara en el rechazo de la Constitución a la existencia de un mandato vinculante para los miembros de las cámaras, lo consideran una «inmoralidad» (Page dixit), y pretenden ahora hacer lo propio con el Poder Judicial.
Buena prueba de ello es el macabro sainete de permitir comisiones parlamentarias que enjuicien a los jueces, convirtiendo la aplicación de las leyes –que en el mismo parlamento se hicieron– en intento espurio de gobernar a los gobernantes.
No me extraña, por tanto, que –invitado a comentar la situación actual en un ámbito universitario– se me propusiera como título 'Ataque al Estado de Derecho'. En esas estamos, cuando los devotos del derecho entendido como arma de los que ocupan transitoriamente el gobierno del Estado, para configurar a su gusto la sociedad, olvidan que el Estado de Derecho es todo lo contrario: los poderes públicos –y quienes los ocupan– han someterse a un derecho que está incluso, por vía constitucional, por encima de las leyes.
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