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Algunos grupos políticos tienen una especial habilidad que es rebautizar o bautizar las leyes, con clara vocación de desinformar al ciudadano.
Así vemos como el ... Impuesto de Solidaridad de las Grandes Fortunas ('impuesto a los ricos') es el disfraz que sirve para camuflar un Impuesto Extraordinario sobre el Patrimonio y esto que tiene un corto recorrido legal o debería tenerlo, comporta una doble imposición con el Impuesto sobre el Patrimonio cedido a las comunidades autónomas, invadiendo el campo de estas últimas en la competencias cedidas por el Gobierno español.
Nuestra Constitución establece, en materia de impuestos, un camino a seguir, así dice:
«Artículo 31. 1. Todos contribuirán al sostenimiento de los gastos públicos de acuerdo con su capacidad económica mediante un sistema tributario justo inspirado en los principios de igualdad y progresividad que, en ningún caso, tendrá alcance confiscatorio».
En esta definición me quedo con los principio de igualdad y progresividad y con el matiz, nada desdeñable, de que en ningún caso tendrá carácter confiscatorio. Los partidos de izquierdas se quedan con los principios de igualdad y progresividad y los de derechas hacen especial hincapié en el que no sea el impuesto confiscatorio. Yo me inclino en una sensata combinación de los dos o de los tres, igualdad, progresividad y que no sea confiscatorio el impuesto.
Para analizar el 'impuesto de los ricos' o sobre patrimonio de los ricos y orillando su posible ilegalidad, me van a permitir que hable antes del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas que grava, como todo el mundo sabe, los ingresos o rentas obtenidas por un residente español.
Y, ¿en qué emplea su renta ese residente?, pues la emplea correctamente en bienes de consumo y en bienes de inversión y todo el mundo sabe que esos bienes de inversión pasan a integrar el patrimonio de las personas. Luego todo gravamen sobre el patrimonio comporta una doble imposición, ya que esos bienes fueron gravados, en su día, por el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas. De ahí que todos los países de la Unión Europea hayan suprimido el Impuesto sobre el Patrimonio, al objeto de evitar esta doble imposición.
Indudablemente, el tributo adecuado para gravar a los ricos es el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas. Ahora bien el uso de los impuestos de manera ideológica puede tener un impacto contrario al que se persigue. Y es que para que una medida de carácter redistributivo sea eficaz, hay que contar con el sistema político que rige en cada país. Si estamos en una democracia como la China, la población se convierte en rehén de su sistema político y se hace lo que le viene en gana a su adorado líder. Pero si estamos en una democracia liberal y usted carga la suerte sobre los tipos del Impuesto sobre la Renta de la Personas Físicas, el ciudadano rico y no tan rico se va a un país con menos presión fiscal o, simplemente, trabaja menos ya que no le es rentable cualquier tipo impositivo superior al 50%, e incluso menor, suele provocar esos efectos de economía de opción. Sería bueno que estudiaran nuestros políticos la experiencia de Suecia con elevados tipos impositivos y como tuvieron que echar marcha atrás.
Que hay competencia fiscal es algo indudable, tanto para los países como para las autonomías dentro del Reino de España. Si usted es una sociedad mercantil importante, puede sentirse atraído por Irlanda y su bajo Impuesto sobre Sociedades y si usted tiene que pagar un impuesto sobre Patrimonio, tiene muchos países europeos donde éste no existe. Y ¿qué consideran ustedes lectores de IDEAL, que los 'ricos' se vayan a Portugal? ¿Queremos que Amancio Ortega establezca su sede en Irlanda? O, ¿que ahora, que por nuestro clima vienen a teletrabajar a España y a comprarse inmuebles en nuestro país, se nos marchen al sur de Portugal?
Y no solo vamos a no ser competitivos con otros países europeos por el Impuesto sobre Patrimonio, también por el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, que se está encareciendo para las clases medias y ricas al no haberse aplicado en sus tramos la corrección del valor del euro. Euro devaluado a causa de la inflación interna y externa, consecuencia de la pérdida de su capacidad de compra dentro y fuera de nuestras fronteras, especialmente en este último caso, con su menor valor en relación con el dólar.
¿Quo vadis, Pedro? Ni él mismo lo sabe.
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