Ha pasado un año de tensas negociaciones entre el Gobierno y los agentes sociales para cerrar un necesario acuerdo, bendecido como el 'Pacto de Nochebuena', que en esencia deja activa la reforma laboral del 2012 llevada a cabo por la ministra del gobierno de Rajoy, ... Fátima Báñez. Aquella fue una buena reforma que ha servido para paliar con éxito la crisis financiera iniciada en el 2008 y la pandemia de la covid del 2020. En la primera afrontó una tasa de desempleo del 26,1% reduciéndola al 12,9%, y en la segunda ha posibilitado articular los ERTES de forma ágil, lo que ha servido para mantener a miles de empresas en 'standby' en este calamitoso periodo pandémico, y por el que se ha recuperado el empleo perdido en la misma, devolviéndolo a tasas prepandémica.

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Este acuerdo responde a los intereses políticos de los socios del gobierno más que al mundo empresarial, y ante la exigencia de la propia UE de flexibilizar el mismo. Por tanto, era inviable la supresión de la reforma anterior, y su sustitución por normas más rígidas de la existentes que penalizarían la recuperación económica, y que nos alejaría de los parámetros de libertad de empresa de los países de nuestro entorno económico-político. Sobre las líneas rojas de las que no podían traspasar las partes, destaca por la social la necesidad de la desaparición de la excesiva temporalidad de los contratos laborales por las causas existente actualmente. El contrato estable debe ser la norma general para desincentivar ese enorme porcentaje de estos, que alcanza más de un 26% en general o más de 40% entre los jóvenes, y que tras su aprobación supondrá que se penalice su utilización vía recargos de las cuotas empresariales a la Seguridad Social y se incremente fuertemente las sanciones por su utilización fraudulenta.

Igualmente la reincorporación al texto legal en los convenios colectivos de la ultraactividad, lo que viene a suponer la obligatoriedad de empresa-sindicatos de negociar uno nuevo al mantenerse la vigencia del anterior. Por la parte económica, destaca el mantenimiento de las modificaciones sustanciales de las condiciones de trabajo, lo que supone, además, la potestad de las empresas para decidir sobre despidos individuales o colectivos como último medio para la solvencia de la empresa, o el mantenimiento de los convenios colectivos de empresa con limitaciones, el descuelgue salarial del convenio de aplicación por causas económicas, y la utilización de los ERTE como mecanismo estructura de flexibilización y estabilización del empleo

En definitiva, es un acuerdo que mantiene la esencia de la reforma del 2012, satisface al gobierno, patronal y sindicatos, a la vez que cumple con las exigencias de la Comisión Europea de tener finalizado el acuerdo en 2021, y ello, con la buena pretensión de garantizar una norma jurídica que pueda propiciar la ansiada recuperación económica de nuestro país.

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