Manifestación de jubilados por unas pensiones digas en Madrid, en 2021. E.P.
Pensionistas y jubilados

La forma de acceder al 100% de jubilación a los 60 años

El Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones ha aprobado una serie de excepciones a la hora de jubilarse para ciertos trabajadores

J. M.

Domingo, 18 de septiembre 2022, 11:56

Jubilarse antes de tiempo y cobrando el máximo de pensión. Seguramente se el sueño de todo trabajador, sobre todo cuando se acerca a edad de jubilación. Pero, ¿quiénes pueden cobrar el 100% de su pensión al jubilarse?¿Qué requisitos que deben cumplir los pensionistas?Hay que ver una serie de requisitos.

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En España, la edad de jubilación está fijada a los 66 años, si se han cotizado, al menos, durante 37 años. Pero, el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, presidido por José Luis Escrivá, ha aprobado una excepción por la que algunos profesionales tienen la posibilidad de jubilarse a los 60 años sin penalización económica, recibiendo el 100 % de su pensión.Para que esto sea factible, hay una serie de requisitos que hay que cumplir.

Se trata del personal incluido en las Clases Pasivas del Estado, compuesto por funcionarios de carrera y en prácticas o interinos en la Administración General del Estado y de la de Justicia, así como de las Cortes Generales y otros trabajadores con funciones similares en las distintas comunidades autónomas. En este grupo también están los militares de carrera, escalas de complemento, de tropa y marinería profesional o caballeros cadetes.

Hay un pero. Y es que desde el año 2011, estas condiciones están cerradas y los nuevos funcionarios ya no se pueden acoger a él. Pero, en la actualidad hay cerca de 700.000 funcionarios en activo que podrán someterse a estas condiciones.

También hay que destacar que los funcionarios que sean docentes universitarios, magistrados, jueces, fiscales o registradores de la propiedad de antes de 2015, que tienen fijada la edad de jubilación forzosa en 70 años de edad, pueden acceder a la jubilación desde que cumplan los 65 años de edad, si acreditan 15 años de servicios efectivos al Estado.Cabe destacar que también se tienen en cuenta a los expresidentes del Gobierno, exvicepresidentes, exministros y otros cargos gubernamentales.

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