Vehículos en la autovía. IDEAL

La DGT repasa cuándo se puede adelantar en carretera aunque esté prohibido

Existen diversas situaciones en las que se puede llevar a cabo el adelantamiento aunque la normativa diga lo contrario

IDEAL

Jueves, 26 de agosto 2021, 14:02

Las reglas están para romperlas. Aunque la Dirección General de Tráfico (DGT) no secunde esta afirmación al completo, sí que recoge en su normativa diversas situaciones en las que lo prohibido pierde su valor restrictivo en carretera. Concretamente, estas excepciones se dan en la ... prohibición del adelantamiento.

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En el capítulo VII del Reglamento de Circulación sobre los adelantamientos se establecen algunas instrucciones generales a tener en cuenta en todos los adelantamientos, como «advertirlo con suficiente antelación» o «comprobar que en el carril que pretende utilizar para el adelantamiento existe espacio libre suficiente para que la maniobra no ponga en peligro ni entorpezca a quienes circulen en sentido contrario». Del mismo modo, hay que cerciorarse de que los vehículos que vienen por detrás no han iniciado su propia maniobra de adelantamiento, lo que podría generar una situación de peligro.

Los adelantamientos no están permitidos en cambios de rasante, pasos de peatones, glorietas, pasos a nivel, intersecciones con vías para ciclistas y túneles. Por otro lado, hay una lista de excepciones en las que adelantar en prohibido está permitido.

Adelantar a ciclistas

En el caso de los ciclistas, estaría permitido adelantarlos -incluso aunque haya línea continua y haya que ocupar el carril contrario- si cumplimos dos condiciones: que se mantenga una separación lateral mínima de 1,5 metros y que no se ponga en riesgo a otros usuarios, especialmente a los que circulen en sentido contrario.

Adelantar en pasos a nivel

La excepción a esta regla viene dada si el adelantamiento se efectúa a un vehículo de dos ruedas que no impida la visibilidad lateral del que ejecuta la maniobra. De modo que siempre tengamos una percepción completa de la escena.

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Adelantar en túneles

Aquí vemos una excepción lógica a la normal general que impide adelantar en túneles: cuando tengan dos o más carriles sí se podrá pasar dado que no se pone en riesgo a ningún vehículo.

Adelantar en intersecciones

Las intersecciones son uno de los puntos más peligrosos, por eso se prohíbe adelantar en ellas o en sus cercanías como normal general. Pero sí puede hacerse si cuando en la calzada hay marcada una prioridad de paso (por ejemplo, en un cruce regulado por semáforos) y existe una señal que así lo indica.

Adelantar en glorietas

Las glorietas no dejan de ser un tipo de intersección pero, a diferencia de los cruces, la circulación es giratoria, lo que reduce el riesgo en caso de adelantamiento. Por eso en estas zona sí se permite adelantar si sus dimensionas permiten hacerlo con seguridad.

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Adelantar a vehículos inmovilizados

Cuando un vehículo en doble fila ocupe la calzada, se le puede adelantar invadiendo el carril contrario si no se pone en peligro a ningún otro usuario de la vía y siempre que no esté detenido por cuestiones de tráfico (por ejemplo, un semáforo en rojo).

Adelantar a los más lentos

Es una situación parecida a la que contábamos antes con los ciclistas, pero ampliando el espectro a peatones, ciclomotores, vehículos de tracción animal o animales que pudieran circular por la calzada. Desde el 1 de julio también entran en esta excepción las grúas en operaciones de auxilio.

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Se les puede adelantar en prohibido siempre que se deje la separación lateral de seguridad suficiente y no se ponga en peligro a ningún otro usuario de la vía.

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