IDEAL
Domingo, 14 de marzo 2021, 12:14
A pocas semanas de iniciarse la campaña de la Declaración de la Renta 2021, las dudas sobre cómo afectarán los Expedientes de Regulación Temporal de Empleo (ERTE) a la tributación crecen entre la población. Sobre todo entre aquellos trabajadores a los que se ... les ha aplicado un ERTE parcial con reducción de jornada, que han contado durante el ejercicio con dos pagadores.
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En estos casos, es importante tener claro que una parte del salario lo paga la empresa, con su correspondiente retención del IRPF, y la otra el SEPE, con una retención mínima. La cantidad total tributa como renta de trabajo por lo que, si se superan los 14.000 euros entre el salario percibido y la ayuda del SEPE durante el tiempo que dure el ERTE, existirá obligación de realizar la Declaración de la Renta.
En cuanto al resultado, la clave está en la retención del IRPF. Normalmente, cuando se aplica una retención, la Declaración no sale a pagar. En estos casos, sin embargo, la parte que paga el SEPE no tiene retención o el porcentaje es mínimo. En este sentido, el SEPE explica que «Es poco probable la retención a cuenta dado que los importes previstos de prestación no alcanzan el mínimo exigido por las normas tributarias para la aplicación de la retención».
Por lo tanto, es muy probable que la cantidad que no se ha retenido tenga que ser abonada. Los afectados, sin embargo, pueden pedir a la empresa que se les aplique una retención superior para compensar la cantidad no retenida.
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