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Lunes, 23 de mayo 2022
Aviso de importancia para todos los clientes de entidades bancarias. A diario, el Banco de España ofrece información de utilidad para los usuarios. Tras avisar sobre qué hacer con los billetes rotos o deteriorados o advertir de las comisiones de mantenimiento de ... tu cuenta bancaria, ahora lanza un nuevo aviso. «La entidad, en los supuestos en que la cuenta no está cancelada, puede legítimamente, pese a no registrar movimiento alguno o tener saldo cero, percibir comisiones de mantenimiento, dentro de los límites del contenido del contrato formalizado», explica el Banco de España.
También hay que tener en cuenta un aspecto que recalca el Banco de España. «Ahora bien, una cosa es que la entidad, con carácter general, se encuentre legitimada para el cobro de comisiones de mantenimiento, en supuestos en los que la cuenta presenta saldo cero o no registra movimientos, y otra diferente es que gire en esa cuenta por tal motivo -el cargo de comisiones de mantenimiento- liquidaciones por ese descubierto, que se generó exclusivamente en provecho de la entidad para poder cargar tales comisiones».
Además de todo esto, el Banco de España insiste en que «las entidades deberán comunicar gratuitamente al cliente, como mínimo mensualmente, el extracto de todos los movimientos producidos en sus cuentas corrientes». En este sentido, la entidad debe poder acreditar que ha continuado con la remisión de los extractos y ha reclamado el saldo pendiente a su cliente «evitando así que este se vea sorprendido, después de transcurrido largo tiempo, con la exigencia de cantidades cuya existencia y reclamación podría desconocer».
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