Esta es la multa de la DGT por conducir enfermo o de baja. JAVIER MARTIN / Ideal

La DGT avisa a conductores enfermos al volante o de baja

La Dirección General de Tráfico informa que conducir estando de baja laboral o enfermo puede generar sanciones económicas

Daniela Londoño

Sábado, 25 de febrero 2023, 09:17

Hay ciertos aspectos a tener en cuenta a la hora de ponerse al volante, sobre todo en cuanto a la situación del conductor se refiere. Para nadie es un secreto que, cuando enfermamos, nuestras habilidades físicas o cognitivas pueden verse afectadas para realizar ciertas actividades. ... Una de ellas, es precisamente conducir un coche. Según lo advierten ciertas autoridades, tener un episodio de tos o estornudos constantes, pueden hacer que perdamos el control del volante y sufrir un accidente.

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Por otro lado, estados febriles o dolencias físicas también pueden afectar seriamente nuestros reflejos y capacidades para tomar decisiones rápidas en carretera. Con lo cual, conducir enfermo puede ser más riesgoso de lo que pensábamos. Otra de las situaciones que señalan organismos como la DGT, que recientemente advirtió a los ciclistas, en las que no se puede conducir, es con una baja laboral. En estos casos, la entidad advierte que los conductores podrían exponerse a sanciones tanto de su trabajo como del organismo de tránsito.

En este último caso, de acuerdo con la normativa de tráfico, se podrían aplicar multas de hasta 80 euros al mes por violar los artículos 17 y 18 de esta ley. De otro lado, y en cuanto a las enfermedades que inhabilitan a conducir, encontramos que la DGT contempla una lista de nueve grupos de enfermedades en los que está prohibido estar al volante. Estas condiciones médicas son:

· Casos de trasplante renal: sólo se podrá renovar permiso pasados seis meses de la intervención.

· Nefropatía con diálisis: sólo podrá conducirse tras informe favorable emitido por médicos

· Dolencias oncológicas

· Trastornos oncohematológicos

· Aneurisma de grandes vasos: sólo podrá renovarse entre 1 y 10 años si no hay riesgo de rotura de vasos.

· Disección: podrá renovarse el permiso después de seis meses desde la operación quirúrgica.

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Otras patologías que obstaculizan por ley la conducción son, los trastornos psíquicos, enfermedades crónicas y degenerativas, trastornos endocrinos y patologías cardiacas, respiratorias y neurológicas.

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