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Sábado, 8 de mayo 2021, 11:29
Exceso de velocidad, uso del móvil al volante, no llevar el cinturón… son muchas las conductas peligrosas en un vehículo que pueden ser sancionadas con una multa. La cuantía de la misma depende de la gravedad de la infracción, pero en cualquier caso el ... plazo para abonarla son 45 días desde que se recibe la notificación. Si el infractor la paga en los primeros 20 días la cuantía de la sanción se puede reducir a la mitad.
Hoy en día ya no es necesario acudir a las Jefaturas de Tráfico para abonar las multas, sino que es posible hacerlo en una oficina de Correos, en sucursales y cajeros de Caixabank y en la aplicación miDGT. Asimismo, es posible pagarla a través de la Sede Electrónica de la Dirección General de Tráfico (DGT).
Para abonar la sanción en la Sede Electrónica hay que entrar en la sección 'Multas' y pulsar en 'Pago de multas'. Es necesario tener a mano la fecha de la notificación y el número de expediente. Asimismo, hay que introducir el importe total de la multa (sin incluir la reducción del 50 %) para que la DGT indique qué está pendiente de pago. Si se accede con identificación previa a la web, la DGT permite ver las multas pendientes de pago y el historial de sanciones impuestas. El ciudadano también podrá realizar la anulación de un pago indebido o duplicado dentro del mismo día en que se ha pagado.
La multa no tiene que pagarla la persona que ha cometido la infracción, sino que puede ser otra. No obstante, si se accede a la Sede Electrónica usando Cl@ve solo se podrán ver las sanciones propias o de las personas a las que el titular representa.
La Sede Electrónica no solo permite pagar las multas sino también presentar recursos o alegaciones de forma gratuita. Para ello hay que entrar en la sección 'Multas' y elegir la opción 'Presentación de alegación o recurso a una multa'. El trámite a través de Internet requiere de identificación previa. Asimismo, es necesario introducir el número de expediente sancionador sobre el que se desea poner la alegación o recurso. El sistema informará si es admisible el correspondiente recurso o alegación sobre dicho expediente.
Si tienes que realizar algún #trámiteDGT relacionado con SANCIONES, ahora puedes hacerlo sin tener que salir de casa para acudir a la #JPT.
Dir. Gral. Tráfico (@DGTes) May 3, 2021
Estos enlaces te llevan a ellos:
👉 https://t.co/QDYZbiApBT
👉 https://t.co/Mnk4wegPSM
👉 https://t.co/N84Khyu3aF#MásCercaMásFácil pic.twitter.com/Ol8j3zefQx
Por último, a través de la Sede Electrónica es posible identificar gratuitamente al conductor que utilizaba el vehículo cuando se cometió la infracción. Según explica la DGT, si otra persona conducía en ese momento y no lo han podido identificar, es el titular quien debe comunicarlo. Si el titular no identifica al conductor se considera una infracción muy grave que conlleva la imposición de una multa de cuantía importante. Por tanto, al recibir una comunicación con un requerimiento para identificar al conductor que ha cometido la infracción se debe iniciar este trámite.
En la Sede Electrónica hay que entrar en el apartado 'Multas' y seleccionar 'Identificación del conductor que conducía tu vehículo'. Es necesario tener a mano la comunicación enviada por la DGT con el requerimiento de identificar al conductor. En ella está el número de expediente y el código de la notificación que habrá que introducir en el formulario. El plazo es de 20 días desde la comunicación del requerimiento.
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