Alberto Flores
Granada
Miércoles, 1 de marzo 2023, 10:53
En materia de tráfico hay que tener varios aspectos en cuenta cuando uno se pone al volante. En este sentido, es bastante frecuente que la Dirección General de Tráfico (DGT) avise a los conductores y usuarios de las carreteras en España de la nueva normativa ... que entra en vigor en materia de tráfico. Ya sea por posibles multas de hasta 1.000 euros para peatones o por las nuevas furgonetas con radar para controlar la velocidad. Y, en su afán informativo, la DGT ha informado recientemente sobre un mal hábito que tienen la mayoría de conductores y que puede derivar en problemas administrativos.
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Guarda relación con el hecho de prestar el coche a algún familiar o amigo, o conducir un automóvil sin ser titular del mismo. Algo que aparentemente no debería tener consecuencias negativas pero que, aunque muchos lo desconozcan, hay que tener en cuenta ciertos aspectos para evitar sanciones y problemas administrativos. Todo tiene que ver con una figura clave: el conductor habitual.
Es una figura reglamentada, tal y como confirma la propia DGT. Tanto es así que aparece reflejada en los contratos de las pólizas de seguro para cubrir posibles daños a terceros. Pero… ¿Quién es el conductor habitual de un vehículo? Tráfico explica que es aquel que vaya a utilizar el vehículo por periodos continuados superiores a 30 días y, en el caso de los vehículos de alquiler, por plazos superiores a 3 días.
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Cuando se conduce un vehículo y se comete una infracción, como por ejemplo un radar de velocidad sin agentes, la denuncia se interpone al vehículo. Es decir, ante la imposibilidad de identificar al conductor llegará al titular del mismo aunque lo esté conduciendo otra persona. Algo que se puede remediar en caso de que el vehículo lo conduzca habitualmente otra persona. Así lo explica la DGT, que señala que es posible notificar quién conduce el vehículo para que las sanciones vayan directamente a él y no al titular.
Para realizar este trámite existen dos vías: a través de la aplicación de la DGT o de manera presencial en una Jefatura Provincial de Tráfico. Para ello es necesario contar con el permiso de declaración del conductor habitual, además de volver a notificar de si dicho conductor deja de utilizar el vehículo. Es importante guardar el documento de consentimiento como conductor habitual en estos casos, ya que será requerido siempre por la Administración.
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