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El aviso de Hacienda sobre el dinero en efectivo guardado en casa

Hay que tener en cuenta las condiciones legales para no incurrir en un delito

ideal

Miércoles, 1 de diciembre 2021, 11:42

En estos tiempos que corren el uso de dinero en efectivo ha quedado algo más residual, con la tarjeta como estrella de las compras o las ventas on line en claro ascenso. Pero aún hay mucha gente que cuenta con dinero en efectivo que, además, ... guarda en casa, bajo el colchón. Un remanente para imprevistos. Hacienda, que ha advertido de una novedad de cara al sorteo del Gordo de Navidad, avisa de cómo proceder ante esto.

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Este dinero no está sujeto a una legislación diferente y tampoco está prohibido guardarlo en casa en lugar del banco. Ahora bien, todo tiene que estra correctamente declarado. Hacienda tiene información en todo momento de las operaciones que implican billetes de 500 euros y las que hacen referencia a ingresos en cuenta de 3.000 euros o más.

En estos casos, los bancos han de informar inmediatamente a la Agencia Tributaria de la operación, que decide si inicia una investigación o no. Hacienda comprueba todos esos movimientos de cara a su declaración posterior para evitar fraudes o actividades ilícitas. El contribuyente simplemente ha de tener en cuenta estas cantidades en su Declaración de la Renta, es decir, declararlo en la Renta del año correspondiente. Para ello, el contribuyente ha de declarar el origen de ese dinero: rendimientos del trabajo, de actividades económicas, de capital mobiliario o inmobiliario.

Lucha contra el fraude

El Gobierno aprobó en verano la Ley 11/2021, de 9 de julio por la que, como método de lucha contra el fraude, se reduce de 2.500 a 1.000 euros (10.000 euros en el caso de personas no residentes en España, con excepciones) el límite general de pagos, dado que, de acuerdo con el redactado de la ley, el uso de efectivo en las operaciones económicas «facilita notablemente los comportamientos defraudatorios».

Incumplir estos límites conlleva sanciones. Tal y como recoge el Banco de España en su página web, cuando el pago sea superior a 1.000 euros, la multa será del 25% de esa cantidad en la que se supere el límite, y tendrá que ser abonada de forma solidaria entre el pagador y el receptor de ese dinero.

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