DANIELA LONDOÑO
Sábado, 7 de enero 2023, 12:26
La época de fiestas se caracteriza por presentar un gran aumento en los desplazamientos a lo largo de la península. Esto puede ocasionar atascos y mayores contratiempos que pueden afectar la seguridad vial de los usuarios. En muchos casos, la premura por llegar a ... tiempo, o el afán de evitar atascos puede llevar a los usuarios a contemplar la idea de adelantar otros vehículos.
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Si bien esta maniobra es fácil de ejecutar en ciertas carretearas como autovías y autopistas, hay que tener muy presente los riesgos que genera. Al mismo tiempo, conviene recordar que, sobrepasar a otro vehículo por el carril derecho está completamente prohibido. Además, es sancionado como una infracción grave por la normativa de tráfico. En estos casos, la multa puede ascender a los 200 euros, así como a la eliminación de 4 puntos en el carné de conducir.
No obstante, la normativa reconoce una serie de excepciones en las que adelantar por la derecha está permitido. Estas exenciones están recogidas en el artículo 82 del Reglamento de Circulación, el cual establece que se podrá adelantar a un vehículo que circule por la izquierda en los siguientes casos:
· Cuando el vehículo que se quiere adelantar, indica el propósito de girar a la izquierda o parar.
· En poblados, en vías con al medos dos carriles en el mismo sentido. Siempre que no suponga un riesgo para los demás usuarios de las vías.
· En una calzada con varios carriles, fuera de poblado y cuando en el carril de la derecha se circula más rápido que en el de la izquierda. Por ejemplo, en casos de atasco y retenciones.
· A los tranvías que circulan por una zona central, cuando se circule por vías de doble sentido.
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