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Viernes, 21 de agosto 2020, 17:31
Desde 2018, los trabajadores autónomos deben realizar sus trámites con la Tesorería General de la Seguridad Social por vía electrónica, incluida la recepción y firma de notificaciones. Un sistema que tiene ciertas ventajas, tal y como informa en las redes sociales la Tesorería General ... de la Seguridad Social, mediante un tríptico en el que se incluyen todos los pasos para cumplir con esta obligación.
- El (Remisión Electrónica de Datos), en el que Sistema RED un autorizado actúa en tu representación.
Noticia Relacionada
- La www.sede.seg-social.gob.es, si prefieres trámites a través de los servicios electrónicos o presentar solicitudes por Registro Electrónico.
- Si gestionas en Sede Electrónica: Debes disponer de un sistema de identificación que garantice y asegure tu identidad para acceder a los servicios.
Debes disponer de un sistema de identificación que garantice y asegure tu identidad para acceder a los servicios. Los sistemas de identificación admitidos por la Seguridad Social son:
- Certificado Digital
- DNIe
-
Las oficinas de la Seguridad Social facilitan el registro en el Sistema Cl@ve y el certificado de persona física de la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre (FNMT) previa solicitud del mismo en la página de la entidad: www.sede.fnmt.gob.es
- Alta en RETA (Régimen Especial de Trabajadores Autónomos) Comunica tu alta previamente al inicio de tu actividad (hasta 60 días naturales).
- Baja en RETA Comunica tu baja en los tres días naturales siguientes al cese de actividad.
- Cambio de base de cotización Puedes solicitar el cambio de base de cotización cuatro veces en el año natural.
- Modificación de actividad Comunica cualquier cambio de actividad como autónomo.
- Solicitud de modificación para el año próximo en la cobertura de contingencias RETA Modifica los datos de cobertura de la incapacidad temporal, accidente de trabajo, enfermedad profesional, cese de actividad y Mutua, para el próximo año.
- Variación de datos en Régimen Especial de Trabajadores Autónomos Modifica tus datos identificativos laborales y adjunta documentación complementaria al alta para acreditar el cumplimiento de los requisitos que permiten el acceso a determinados beneficios.
- Duplicado de resolución de alta/baja en el Régimen Especial de Trabajadores por cuenta propia o Autónomos.
- Informe de bases y cuotas ingresadas.
- Informe/Certificado de estar al corriente de las obligaciones con la Seguridad Social.
- Duplicado de documento de afiliación.
- Obtén tu informe de vida laboral.
- Accede a tu informe de bases de cotización.
- Cambia tu domicilio.
- Comunica tu teléfono y correo electrónico.
- Domicilia el pago de cuotas a la Seguridad Social.
#Autónomo: Esto te interesa, descubre las ventajas de la administración electrónica. Te lo contamos todo en este tríptico. https://t.co/ukJFTfk1zW pic.twitter.com/GVxY0I0iEV
Información TGSS (@info_TGSS) August 21, 2020
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