IDEAL
Martes, 8 de febrero 2022
La Seguridad Social ha lanzado un nuevo e importante aviso para los trabajadores. Desde la Seguridad Social advierten a los empleados que convivan aún con sus padres y a los progenitores cuyos hijos sean dados de alta como empleados durante algún tiempo. En ... concreto, este aviso va referido al derecho al alta en la Seguridad Social que tienen los hijos convivientes, cubiertos dentro del alta de sus propios padres mientras no tengan un trabajo asignado.
Publicidad
El aviso de la Seguridad Social llega a raíz de la consulta de un ciudadano: «Mi hijo menor de 26 años dejó de ser beneficiario de mi Seguridad Social al iniciar un trabajo, pero ya no trabaja». ¿Qué ocurre en estos casos? ¿Se piede el derecho al alta conjunta?
Noticia Relacionada
La Seguridad Social da respuesta a esta incógnita en un mensaje publicado en su cuenta oficial de dudas y aclaraciones en Twitter: «Si continúa conviviendo contigo y a tu cargo puede volver a tener derecho a la asistencia sanitaria como beneficiario tuyo».
Por tanto, queda claro que los hijos que convivan con sus padres tienen derecho a recuperar su alta en la Seguridad Social dependiente de sus progenitores una vez terminen el periodo de alta personal por haber desempeñado un empleo concreto.
Suscríbete durante los 3 primeros meses por 1 €
¿Ya eres suscriptor? Inicia sesión
Te puede interesar
Publicidad
Utilizamos “cookies” propias y de terceros para elaborar información estadística y mostrarle publicidad, contenidos y servicios personalizados a través del análisis de su navegación.
Si continúa navegando acepta su uso. ¿Permites el uso de tus datos privados de navegación en este sitio web?. Más información y cambio de configuración.