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Seguridad Social: La multa de la Seguridad Social a los autónomos por no darse de alta pese a trabajar en casa
Seguridad Social

La multa de la Seguridad Social a los autónomos por no darse de alta pese a trabajar en casa

Hay que hacerlo con carácter previo al inicio de la actividad

Ideal

Miércoles, 12 de enero 2022, 11:25

El Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA) es uno de los regímenes de la Seguridad Social. Según explica este organismo, en él deben darse de alta aquellas personas mayores de 18 años que van a realizar una actividad económica de manera personal y habitual ... independientemente de los ingresos que la actividad genere y aunque realicen esta actividad en su propio domicilio. No darse de alta conlleva una serie de sanciones proporcionales al beneficio generado. El alta en el RETA se puede solicitar con una antelación de 60 días a la fecha de inicio de la actividad y hasta ese mismo día. Si el autónomo ya ha comenzado a trabajar, puede tramitar el alta durante los 30 días posteriores a la fecha de inicio de actividad, pero se considerará que el alta ha sido comunicada fuera de plazo.

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