daniela londoño
Martes, 27 de diciembre 2022, 10:05
Mucho padres de niños pequeños pueden recibir una prestación económica en España. Este año el Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030 impulsó una norma para fortalecer la renta de las familias con hijos menores a cargo. La idea, según la ministra Ione Belarra ... es ofrecer un cheque universal de 100 euros mensuales a las familias. Esta ayuda que antes sólo podía ser cobrada por madres trabajadoras o en paro, ahora podrá ser percibida también por familias en situaciones económicas precarias. Por ejemplo, quienes por su vulnerabilidad tienen acceso a prestaciones o subsidios de desempleo.
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De acuerdo con el ministerio, la medida busca apoyar 250.000 nuevas madres, «con lo cual, prácticamente, estamos llegando al objetivo último de universalización de esta renta«. Esto fue lo que expresó la ministra, al anunciar la medida. Además, señaló que las personas que trabajan de manera temporal o a tiempo parcial podrán cobrar una deducción reembolsable del IRPF completa.
Otras ayudas contempladas en la nueva ley, incluyen permisos retribuidos para el cuidado de familiares o convivientes. Estos permisos pueden ser de hasta 5 días, como lo sugiere la Unión Europea en la Directiva 2019/1158. O bien, de ocho semanas en caso de menores de 8 años y que puede disfrutarse de manera continua o discontinua, en tiempo parcial o completo. Así mismo, contempla que las familias monoparentales y numerosas reciban mayores beneficios sociales.
Finalmente, y en cuanto a los requisitos para acceder al cheque universal de 100 euros, podrán postularse las siguientes personas:
· Madres con hijos menores de tres años
· Si ambos padres son del mismo sexo, los dos tendrán derecho.
· Padre o tutor en caso de fallecimiento de la madre.
· Madres que trabajan a tiempo parcial o temporal, que además podrán cobrar la deducción reembolsable de IRPF
· Familias que estén recibiendo prestaciones contributivas o subsidios de desempleo y que estén conformadas por menores de 3 años.
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La gestión de esta ayuda debe realizarse por vía telefónica, telemática o presencial ante la Agencia Tributaria. Concretamente en las delegaciones o administración de la entidad con el modelo 140 cumplimentado, en caso de ser presencial. También, a través de la sede electrónica de la agencia, con DNI electrónico o certificado electrónico instalado.
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