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Lunes, 6 de julio 2020, 10:29
Desde este lunes ya es oficial que cualquier ciudadano que quiera comprarse un coche en España hasta el próximo 31 de diciembre cuenta con una subvención estatal. El Gobierno ha publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE) las bases que regulan su Plan ... Renove 2020 y que consiste en una línea de ayudas dotada con 250 millones de euros para promover la sustitución de vehículos antiguos y que contaminan más que los actuales.
El Plan Renove 2020 contempla subvenciones directas para la compra de vehículos que van desde los 400 a los 4.000 euros según el tipo de combustible y de la persona que solicite la ayuda. Porque el descuento puede incrementarse en 500 euros más en diferentes circunstancias que tienen que ver con la situación personal de quien solicita la subvención y las condiciones de entrega del vehículo a sustituir.
Para optar a estas ayudas los vehículos han de haber sido adquiridos a partir del 16 de junio y la línea de subvenciones finalizará el 31 de diciembre o antes si se agota el crédito máximo disponible para este plan. No obstante, el Ejecutivo quiere cubrir a todos los compradores que deseen renovar sus automóviles para disminuir la contaminación de las ciudades al retirar los vehículos más contaminantes y viejos.
-Estarán sujetos a subvención aquellos vehículos que tengan al menos etiqueta medioambiental C –o menos contaminante- y que se hayan vendido desde el 15 de junio
-También podrán acogerse a las ayudas aquellos vehículos seminuevos que hayan sido matriculados en España con fecha posterior al 1 de enero
-La ayuda máxima de 4.000 euros se dará para aquellos vehículos con motores de cero emisiones y solo para particulares o autónomos
-La ayuda mínima de 400 euros se dará para aquellos vehículos de gasolina cuyo precio máximo sea de 8.000 euros
-Los vehículos subvencionables se clasifican por tipo de combustible y con las nomenclaturas n, m, l y siguientes según el tipo de beneficiario y el vehículo a adquirir
-Se descontarán 500 euros más en el caso de que se entregue un vehículo para achatarrar que tenga más de 20 años, que el comprador tenga movilidad reducida o que los ingresos mensuales de un núcleo familiar sean inferiores a 1.500 euros
-Profesionales autónomos
-Ciudadanos españoles mayores de 18 años
-Empresas privadas con sede fiscal en España
-Empresas cuyo NIF empiece por A, B, C, D, E, F, G, J, N, R o W
-En todos los casos el solicitante de la ayuda deberá estar al corriente con la Seguridad Social y no tener deudas
-Deberá hacerse a través del sistema electrónico que el Gobierno abrirá para tal fin y si la ayuda la solicita una persona directamente el concesionario debe facilitarle los medios para ello
-La concesión final de la ayuda puede tardar seis meses en demorarse pues ese es el plazo máximo que contempla la ley para que la administración responda
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