Jubilados juegan a la petanca. COLPISA
Pensionistas y jubilados

Bono de 200 euros del Gobierno y pensiones no contributivas: ¿son compatibles?

El Gobierno ya ha estimado que 2,7 millones de ciudadanos podrán recibir el cheque ayuda

J. MORENO

Sábado, 16 de julio 2022, 10:19

La pensión máxima que se puede cobrar en España está por encima de los 2.800 euros, pero hay muchos pensionistas que cobran una cuantía muy modesta. Por ello, el nuevo cheque de 200 euros del Gobierno ha levantado bastante interés en ceste sector ... de la población.

Publicidad

Las pensiones no contributivas son aquellas que se conceden a personas mayores de 65 años, que estén en situación de vulnerabilidad y no han cotizado el tiempo mínimo para cobrar una contributiva.

El Gobierno ya ha estimado que 2,7 millones de ciudadanos podrán recibir el cheque dirigido a trabajadores, autónomos y desempleados, que presumiblemente se podrá pedir hasta finales de septiembre.

En el caso de los pensionistas, las personas que perciban «pensiones abonadas por el Régimen General y los Regímenes especiales de la Seguridad Social o por el Régimen de Clases Pasivas del Estado» no podrán acceder al bono de 200 euros. Tampoco podrán acceder a la ayuda las personas que se benefician del Ingreso Mínimo Vital (IMV).

Requisitos para recibir la ayuda

Para recibirla ayuda del Gobierno, los beneficiarios deben residir en hogares en los que la suma de las rentas que perciban los convivientes sea inferior a 14.000 euros en 2021 y cuyo patrimonio descontando la vivienda habitual no supere los 43.196,40 euros.

El cómputo de ingresos y de patrimonio se efectuará de manera conjunta, considerando todas las personas que residan con el beneficiario en un mismo domicilio a fecha 1 de enero de 2022 «y estén unidos entre sí por matrimonio o análoga relación de afectividad a la conyugal con al menos dos años de antelación o por parentesco, hasta eltercer grado, incluido los afines, con cualquiera de los anteriores, así como otras personas con las que cualquiera de los anteriores conviva en virtud de guarda con fines de adopción o acogimiento familiar permanente».

Publicidad

Los beneficiarios deben tener residencia legal y efectiva en España en la fecha de entrada en vigor de real decreto-ley, que será este lunes 27 de junio, y haberla tenido de forma continuada e ininterrumpida durante al menos el año inmediatamente anterior.

Se excluye de esta ayuda a quienes ya cobren el Ingreso Mínimo Vital o reciban pensiones del Régimen General y los Regímenes especiales de la Seguridad Social o por el Régimen de Clases Pasivas del Estado.

Este contenido es exclusivo para suscriptores

Suscríbete durante los 3 primeros meses por 1 €

Publicidad