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Alberto Flores
Granada
Martes, 3 de enero 2023, 10:19
Hay cuestiones económicas que todo contibuyente debe tener al día. Cuando un ciudadano incumple sus obligaciones fiscales Hacienda puede llegar a embargar sus bienes para que la deuda contraída quede saldada. Sin embargo, existe una cantidad limitada de dinero que puede llegar a embargar ... la Agencia Tributaria para este tipo de situaciones. Y no solo pueden embargar el dinero procedente del trabajo, sino que también pueden hacer lo propio con las pensiones o las prestaciones de la Seguridad Social.
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En la actualidad, eso sí, no existe ninguna cantidad máxima fijada para este tipo de embargos realizados por la Agencia Tributaria. Eso implica que puede llegar a quedarse con todo el dinero de una persona en caso de que esta tenga deudas. Aunque lo cierto es que sí que existen ciertos límites relativos al dinero que se puede llegar a embargar.
Por ejemplo, la ley señala que no se puede embargar el salario, las pensiones y las prestaciones que no superen el Salario Mínimo Interprofesional (SMI). Es decir, quedan fuera de la ecuación todas las pagas que no superen los 1.000 euros mensuales. Y, a partir de ese límite, las cantidades a embargar varían en función de los ingresos que se tengan:
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• Ingresos desde el SMI hasta el doble del SMI: se puede embargar un 30%.
• Del doble al triple del SMI: embargos de hasta el 50%.
• Del triple al cuádruple del SMI: el 60%.
• Del cuádruple al quíntuplo del SMI: el 75% del salario.
• A partir de cinco veces el SMI: el 90%.
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