¿Quiénes y en qué casos están exentos de utilizar el cinturón? La norma de la DGT

El cinturón es un elemento obligatorio en España con algunas excepciones, reguladas en el Reglamento General de Circulación (vigente desde 2003)

ideal

Lunes, 29 de marzo 2021, 10:56

El cinturón de seguridad reduce un 50% el riesgo de fallecimiento y un 75% el de lesiones graves. Según la Organización Mundial de la Salud (OMS), es el dispositivo más importante, ya que es el freno del cuerpo en caso de impacto. Sin embargo, ... en 2018, el 23% de los fallecidos que viajaban por carretera en turismo o furgoneta, no lo llevaban puesto.El cinturón es un elemento obligatorio en España con algunas excepciones, reguladas en el Reglamento General de Circulación (vigente desde 2003). Actualmente se está debatiendo la vigencia de alguna de esas excepciones: la que rige para profesores de autoescuela o examinadores en servicio, la que exime a los conductores al realizar la marcha atrás o aparcar y a los repartidores de mercancías. De momento, la DGT ha realizado un estudio comparativo entre las diferentes regulaciones que existen en los Estados de la UE.

Publicidad

Excepciones

Como norma general, están exentos de utilizar el cinturón en todas las vías los conductores cuando realicen la maniobra de marcha atrás o de estacionamiento y aquellos que certifiquen por razones médicas graves o discapacidad que les exima de utilizarlo. También, y solo en vías urbanas, los conductores de taxi cuando estén de servicio. Estos, y solo en ciudad, podrán transportar a personas con una estatura inferior a 135 centímetros sin utilizar sistema de retención homologado. Eso sí, siempre que ocupen los asientos traseros del vehículo. La DGT advierte de que quienes estén exentos de utilizarlo por razones médicas/discapacidad deberán mostrar certificado que lo acredite cuando lo requiera un agente de tráfico.

Igualmente están exentos, los transportistas cuando realicen sucesivas operaciones de carga y descarga en lugares próximos; los conductores y los pasajeros de los vehículos en servicios de urgencia y las personas que acompañen a un alumno durante el aprendizaje de la conducción o durante las pruebas de aptitud y estén a cargo de los mandos del automóvil.

En España existe otra exención al uso de cinturón: los pasajeros que viajen de pie en un autobús autorizado para ello o en el caso de que este vehículo no esté dotado con este elemento de seguridad.

¿Qué ocurre en Europa?

La normativa comunitaria que se ha aplicado en estos casos tiene dos características: es muy concreta para niños y muy genérica para adultos. Por esta razón encontramos exenciones muy llamativas y diferentes en lo que respecta al no uso de cinturón.

Publicidad

España se encuentra en un rango medio-bajo de exenciones, con 7 regulaciones (si contamos la que se aplica a los pasajeros de autobús), frente a las 8 que es la media europea. En esta misma línea se sitúa Francia (tiene reguladas 6), Italia (9), Reino Unido (7) y Alemania (10). Por debajo de esta media Suecia (3) y Países Bajos (2). Y en el polo opuesto, Polonia, con 13 excepciones.

Las excepciones más generalizadas son las que permiten aportar certificado médico y también la que rige a los vehículos prioritarios: bomberos, ambulancias, policías y fuerzas armadas (ver infografía).

Este contenido es exclusivo para suscriptores

Suscríbete durante los 3 primeros meses por 1 €

Publicidad