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Jueves, 30 de diciembre 2021, 11:16
La Seguridad Social puede llegar a embargar la pensión de jubilación. Esta situación puede realizarse en situaciones muy concretas, que generalmente conllevan una previa deuda con Hacienda o con las administraciones públicas. Así pues, el embargo de la Seguridad Social ocurre en caso ... de deudas entre los usuarios y la Administración Pública tomándose como referencia el Salario Mínimo Interprofesional (SMI).
De esta forma, la cantidad que deben superar las pensiones para que puedan ser embargadas no es otra que el Salario Mínimo Interprofesional (SMI). Es decir, si la pensión supera los 965 euros mensuales en 14 pagas (o 1.125,83 euros en 12) es posible que la Seguridad Social embargue parte de la misma en caso de alguna deuda pendiente entre el usuario y la Administración.
De acuerdo con la Ley de Enjuiciamiento Civil, se establecen determinados tramos de cuantía en función de los cuales se embarga un porcentaje mayor o menor de la pensión establecida:
- Las pensiones que se encuentren entre el SMI y el doble de este podrán tener un embargo del 30 %.
- Las que sean de entre el doble y el triple del SMI podrán tener un embargo del 50 %.
- Aquellas que oscilen entre el triple y el cuádruple del SMI podrán percibir embargo del 60 % (aunque actualmente las pensiones no llegan a cifras tan altas, pero podría tratarse de otro tipo de remuneración).
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