La Seguridad Social informa qué trámites permiten la Clave PIN y permanente y cómo conseguirlas

Cl@ve es una plataforma común para la identificación y firma electrónica

Ideal

Sábado, 28 de agosto 2021, 10:16

Hoy en día gracias a Internet la mayoría de los trámites administrativos se pueden realizar sin salir de casa, lo que facilita mucho las gestiones. No obstante, para hacer estos trámites de forma telemática es necesario contar con un sistema de identificación como, por ejemplo, el certificado electrónico. Uno de los sistemas que se está imponiendo es Cl@ve.

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Cl@ve es un sistema orientado a unificar y simplificar el acceso electrónico de los ciudadanos a los servicios públicos. Su objetivo principal es que el ciudadano pueda identificarse ante la Administración mediante claves concertadas (usuario más contraseña), sin tener que recordar claves diferentes para acceder a los distintos servicios. Es, en definitiva, una plataforma común para la identificación, autenticación y firma electrónica que permite realizar trámites tanto en la Seguridad Social como en la Agencia Tributaria y el resto de administraciones. Entre otras muchas cosas, con el sistema Cl@ve se puede, por ejemplo, presentar el borrador de la declaración de la Renta, descargar el informe de vida laboral y gestionar las pensiones.

Cl@ve admite dos posibilidades de uso:

- Cl@ve ocasional (Cl@ve PIN): sistema de contraseña de validez muy limitada en el tiempo, orientado a usuarios que acceden esporádicamente a los servicios.

- Cl@ve permanente: sistema de contraseña de validez duradera en el tiempo, pero no ilimitada, orientado a usuarios habituales. Se corresponde con el sistema de acceso mediante usuario y contraseña. Este sistema será además el que permitirá al ciudadano el acceso a la firma en la nube.

Para poder utilizar estas claves concertadas y los servicios de firma en la nube los ciudadanos deberán registrarse previamente en el sistema, aportando los datos de carácter personal necesarios.

Cómo registrarse para obtener la Cl@ve PIN o la Cl@ve permanente

Para obtener la Cl@ve PIN o permanente primero hay que registrarse en el sistema Cl@ve. Esto se puede hacer de varias formas:

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- A través de Internet sin certificado electrónico: hay que solicitar la carta de invitación, que será enviada por correo postal al domicilio fiscal. Esta carta incluye un Código Seguro de Verificación (CSV). Para pedir la carta hay que entrar en la sede electrónica de la Agencia Tributaria, pulsar en el apartado 'Cl@ve' de la página principal y elegir 'Registrarse en Cl@ve' para rellenar los datos personales. Una vez llegue la carta se podrá completar el proceso eligiendo de nuevo la opción 'Registrarse en Cl@ve', introduciendo el DNI o NIE y marcando la opción «Ya dispongo de una carta de invitación». Después solo hay que seguir los pasos indicados por la web. Hay que tener en cuenta que el registro realizado a través de Internet sin certificado electrónico no permitirá acceder a determinados servicios ni utilizar Cl@ve Firma.

- A través de Internet con certificado electrónico o DNIe: hay que acceder a la sede electrónica de la Agencia Tributaria, seleccionar el apartado 'Cl@ve' y después pulsar en 'Registrarse en Cl@ve con certificado o DNI electrónico'. A continuación se deben seguir los pasos marcados por la web.

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- Presencialmente en una Oficina de Registro: funcionan como tales las oficinas de la Agencia Estatal de la Administración Tributaria y de las Entidades Gestoras y Servicios Comunes de la Seguridad Social. Hay que presentar el DNI o NIE, indicar el número de móvil y una dirección de correo electrónico.

Una vez completado el registro en Cl@ve en cualquiera de las modalidades descritas, el ciudadano recibirá, en el número de teléfono que acaba de registrar, un SMS de bienvenida al sistema. A partir de la recepción de dicho SMS el ciudadano registrado puede ya utilizar el sistema Cl@ve PIN y acceder a la activación de contraseña del sistema Cl@ve permanente.

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Para activar el usuario y contraseña de Cl@ve permanente hay que entrar en este enlace e introducir DNI o NIE, correo electrónico y código de activación suministrado en el acta de registro.

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