IDEAL
Domingo, 5 de junio 2022, 14:46
Nos pasamos la vida trabajando para que, cuando llegue el momento de descansar, tengamos derecho a una pensión digna que nos permita continuar haciendo frente a los gastos del día a día. Sin embargo, no todo el mundo llega a cotizar el mínimo exigido ... para tener acceso a una prestación contributiva.
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Actualmente, la Seguridad Social pide a todo aquel que desee jubilarse cumplir 66 años y dos meses y haber cotizado un mínimo de 15 años. Por lo tanto, los que no cumplan este segundo requisito en concreto tendrán la opción de cobrar una pensión no contributiva de jubilación.
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Según ha explicado la Seguridad Social, la pensión no contributiva de jubilación (PNC) es una prestación que se realiza a través del INMSERSO y que «está dirigida a todos los ciudadanos mayores de 65 años que lo necesiten por su situación económica y familiar, aunque no se haya cotizado el mínimo para tener derecho a una pensión contributiva».
Además de la prestación económica, también se garantiza a las personas de asistencia médico-farmacéutica gratuita y servicios sociales complementarios.
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Este año, las pensiones se han revalorizado y la Seguridad Social ha fijado la cuantía íntegra de la jubilación no contributiva en 5.899,60 euros anuales, que se abonan en 12 mensualidades más dos pagas extraordinarias al año. A partir de esa cifra, se establece la cantidad que cada pensionista cobrará por estas prestaciones.
No obstante, también se tiene en cuenta el número de beneficiarios que viven en el mismo domicilio, sus rentas personales y/o de su unidad económica de convivencia. En cualquier caso, el importe no puede ser menor al mínimo del 25% del etablecido.
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Así, la cuantía mensual máxima y minima de estas pensiones para 2022 es 421,40 euros y 105,35 euros, respectivamente.
Para tener derecho a percibir una prstación de estas características, la Seguridad Social exige cumplir los siguientes requitistos:
- Edad: Tener sesenta y cinco o más años.
- Residencia: Residir en territorio español y haberlo hecho durante un período de diez años, en el período que media entre la fecha de cumplimiento de los dieciséis años y la de devengo de la pensión, de los cuales dos han de ser consecutivos e inmediatamente anteriores a la fecha de la solicitud.
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- Tener Ingresos insuficientes: Es posible cobrar esta pensión cuando las rentas o ingresos personales disponga una persona, en cómputo anual para 2022, sean inferiores a 5.899,60 € anuales.
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Si en el núcleo familiar viven dos personas los ingresos no podrán superar los 10.029,32 y si viven tres, 14.159,04.
Asímismo, si entre los parientes consanguíneos con los que convive se encuentra alguno de sus padres o hijos asciende esta cantidad a 25.000 para dos convicientes y 35.000 para tres.
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