Cobro de pensiones: cómo modificar el número de cuenta

El número de cuenta se puede cambiar de forma rápida a través de Internet

Ideal

Jueves, 3 de junio 2021, 12:45

Las personas que tienen concedida una pensión reciben mensualmente una cuantía que, en el caso de las prestaciones contributivas, depende de las cotizaciones realizadas a lo largo de la vida laboral. Para cobrar cada mes la cuantía correspondiente es necesario disponer de una cuenta ... bancaria que se comunica a la Seguridad Social al solicitar la prestación.

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Sin embargo, hay ocasiones en las que el pensionista cambia de banco. Puesto que ya no podrá seguir cobrando la pensión en la misma cuenta, debe comunicar a la Seguridad Social el cambio de la misma. Realizar este trámite es muy sencillo gracias a la Sede Electrónica de la Seguridad Social.

Para iniciar la gestión hay que entrar en la web sede.seg-social.gob.es, clicar en el apartado 'Ciudadanos' y elegir la sección 'Pensiones'. Dentro de la misma está disponible el servicio 'Modificación de datos bancarios y domicilio (del pensionista)'. Este trámite está dirigido a personas que tengan reconocida una prestación de la Seguridad Social y permite solicitar por Registro Electrónico la modificación de datos bancarios para el cobro de la pensión o el cambio del domicilio del titular.

Para acceder al trámite es necesario disponer de certificado electrónico o Cl@ve permanente. En este último caso, para garantizar un mayor nivel de seguridad, se envía al usuario un código vía SMS al número de móvil declarado durante el acto de registro. Este código hay que introducirlo para poder firmar la comunicación en el Registro Electrónico.

Una vez identificado, el usuario tiene que cumplimentar los datos solicitados en el formulario conforme a las indicaciones que aparecen en el mismo, incorporando la mayor cantidad de información de que se disponga de las situaciones a modificar. Una vez realizado el trámite el ciudadano recibirá un «acuse de recibo» en formato PDF. En caso de no recibir el mensaje de confirmación o recibir un mensaje de error o deficiencia de la información, la Seguridad Social señala que deberá realizarse la presentación de la solicitud en otro momento o utilizar otros medios. Cuando se haya realizado el trámite, el Instituto Nacional de la Seguridad Social enviará al domicilio del interesado la resolución de la solicitud.

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Si el pensionista no dispone de certificado electrónico o Cl@ve para realizar el trámite, puede pedir a otra persona que actúe como representante. En este caso deberá adjuntar el modelo normalizado de representación (disponible en el apartado de 'documentación adjunta' en las instrucciones del trámite) o cualquier documento válido en derecho que deje constancia fidedigna de la representación.

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