![Las consecuencias de no presentar la declaración de la Renta en el plazo establecido](https://s2.ppllstatics.com/ideal/www/multimedia/202106/23/media/cortadas/plazos-declaracion-renta-k77C-U1408091695031G-624x385@Ideal.jpg)
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Miércoles, 23 de junio 2021, 12:29
El próximo 30 de junio finaliza el plazo para presentar la declaración de la Renta correspondiente al ejercicio 2020, aunque la fecha límite para presentar la domiciliación bancaria es otra. La Agencia Tributaria establece que el contribuyente solo está obligado a presentar la Declaración ... de la Renta cuando los ingresos superen los 22.000 euros anuales, con algunas excepciones, además de las ventajas con las que cuentan los pensionistas. En el caso de contar con dos o más pagadores durante el mismo año, el límite para estar obligado a presentarla bajará a los 14.000 euros si el segundo pagador ingresa al trabajador más de 1.500 euros.
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Actualmente puede presentarse la renta por internet, por teléfono y de forma presencial solicitando previamente cita previa. Pero, ¿qué consecuencias tiene no presentar la declaración de la renta en el plazo establecido?
Hacienda aclara que las personas que no estén en la obligación de presentar la renta este 2021 no tendrán consecuencias administrativas, por lo que no conlleva ningún tipo de sanción. En el caso de que Hacienda detecte que un contribuyente no ha presentado la declaración aún habiendo estando en la obligación de hacerlo, la Administración puede iniciar un procedimiento sancionador por medio de un requerimiento.
Si el resultado es a pagar y no se ha presentado la declaración en el tiempo establecido por ley, la Agencia Tributaria podrá reclamar además del dinero que corresponde pagar, los intereses de demora, una sanción que se sitúa entre el 50 y el 150 por ciento del dinero defraudado.
Esta sanción viene recogida en el artículo 191 de la Ley General Tributaria. En el siguiente listado se muestra el recargo de demora por presentarla fuera de plazo:
-Recargo del 5% si se presenta dentro de los tres meses fuera del plazo.
-Recargo del 10% entre los tres y seis meses.
-Recargo del 15% si se realiza entre los seis y los doce meses.
-Recargo del 20% si se presenta pasado los 12 meses.
En el caso de que el ciudadano esté obligada a presentarla, el resultado salga a 0 y se le pasase el plazo, la Agencia Tributaria presentará una sanción por el importe de 100 euros, que se rebaja a 75 euros si se realiza pronto pago. Según la ley, la Administración cuenta con cuatro años para reclamar y revisar todas las declaraciones de IRPF.
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