Ideal
Domingo, 9 de mayo 2021, 12:01
La Seguridad Social concede a los ciudadanos que han cotizado distintas pensiones contributivas que cubren diversas situaciones: jubilación, viudedad, incapacidad permanente… Estas pensiones tienen una cuantía mínima (que varía en función de la situación familiar del beneficiario) y un tope máximo que se actualizan cada ... año. Cuando un ciudadano tiene concedida una sola pensión está claro que no puede recibir una cantidad por encima del límite máximo pero, ¿qué pasa si tiene derecho a más de una prestación?
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En primer lugar hay que tener claro que las pensiones de un mismo régimen son incompatibles entre sí cuando coinciden en un mismo beneficiario, a excepción de la pensión de viudedad. En caso de incompatibilidad, quien tenga derecho a dos o más pensiones optará por una de ellas. No obstante, la incompatiblidad no rige entre pensiones otorgadas por distintos regímenes. Esto quiere decir que, por ejemplo, una persona puede recibir una pensión de jubilación por trabajar en el Régimen General y otra por trabajar como autónomo siempre que cumpla los requisitos necesitarios.
Es en el caso de la compatibilidad de pensiones cuando surge la duda de qué cuantía máxima se puede recibir. Según explica la Seguridad Social, el importe máximo en 2021 para las pensiones contributivas se sitúa en 2.707,49 euros al mes, sin perjuicio de las pagas extraordinarias que pudieran corresponder al titular, cuya cuantía está afectada, también, por el citado límite. Este límite se aplica tanto en el caso de recibir una única pensión como en el caso de percibir varias.
El límite también influye a la hora de aplicar la subida del 0,9 % de las pensiones contributivas aprobada para este año. Si concurren varias pensiones del sistema de la Seguridad Social, estas se revalorizan también un 0, 9 % pero la suma de las pensiones revalorizadas no puede ser superior al límite ya indicado de 2.707,49 euros.
No obstante, hay un caso en el que la cuantía puede superar el límite máximo. Si el beneficiario o beneficiaria tiene derecho al complemento para reducir la brecha de género, dicho complemento se puede sumar a la pensión máxima. Otro caso excepcional es el de los pensionistas con derecho a un porcentaje adicional por jubilarse con una edad superior a la establecida legalmente. Si la cuantía de su pensión alcanza el límite máximo sin aplicar el porcentaje adicional o aplicándolo solo parcialmente, el interesado recibirá la pensión máxima y además una cantidad que se obtendrá aplicando al importe máximo vigente en cada momento el porcentaje adicional utilizado para determinar la cuantía máxima de la pensión. La citada cantidad se devengará por meses vencidos y se abonará en catorce pagas.
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