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¿Cuál es la cuantía mínima que se puede cobrar con una pensión?

La cuantía mínima de la pensión varía según las circunstancias personales del beneficiario

Ideal

Jueves, 18 de junio 2020, 12:58

El sistema público de pensiones incluye diferentes prestaciones contributivas que se reconocen en función de los requisitos que cumplen los beneficiarios: de jubilación, de incapacidad permanente, de viudedad… La cantidad de dinero que recibe cada pensionista depende de lo que ha cotizado, aunque la ley reconoce unas cuantías mínimas para cada tipo de prestación.

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Para recibir esta cuantía mínima, el beneficiario no puede superar un límite de ingresos (sin contar la pensión). Actualmente el límite es de 7.638 euros anuales para aquellos sin cónyuge a cargo o que formen una unidad econonómica unipersonal y de 8.909 para los que sí tengan cónyuge a cargo.

Las cuantías mínimas mensuales varían en función de que el pensionista haya cumplido una determinada edad y de que tenga o no familiares a su cargo, siempre que no supere ese límite de ingresos establecido.

Pensión mínima de jubilación

Para recibir una pensión contributiva de jubilación es obligatorio haber cotizado al menos 15 años, de los cuales dos deberán estar comprendidos en los 15 años inmediatamente anteriores a la jubilación.

Si el pensionista tiene 65 o más años, las cuantías mínimas mensuales son las siguientes:

- 843,40 euros si tiene un cónyuge a cargo.

- 648,70 euros si tiene un cónyuge no a cargo.

- 683,50 euros si no tiene cónyuge (unidad económica unipersonal).

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Para aquellos pensionistas que se jubilan con menos de 65 años, la cuantía mínima mensual es:

- 790,70 euros si tiene un cónyuge a cargo.

- 604,40 euros si tiene un cónyuge no a cargo.

- 639,50 euros si no tiene cónyuge (unidad económica unipersonal).

En cuanto a la pensión de jubilación con 65 años procedente de gran invalidez, la cuantía mínima mensual es:

- 1.265,10 euros si tiene un cónyuge a cargo.

- 973,10 euros si tiene un cónyuge no a cargo.

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- 1025,30 euros si no tiene cónyuge (unidad económica unipersonal).

Incapacidad permanente

En el caso de la pensión por incapacidad permanente las cuantías varían bastante según el tipo de invalidez y la edad. Si se trata de una gran invalidez, las cuantías mínimas mensuales son:

- 1.265,10 euros si tiene un cónyuge a cargo.

- 1025,30 euros si no tiene cónyuge (unidad económica unipersonal).

- 973,10 euros si tiene un cónyuge no a cargo.

Para la pensión por incapacidad absoluta o total con 65 años, las cuantías mensuales son:

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- 843,40 euros si tiene un cónyuge a cargo.

- 683,50 euros si no tiene cónyuge (unidad económica unipersonal).

- 648,70 euros si tiene un cónyuge no a cargo.

En caso de incapacidad total con edad entre 60 y 64 años, la cuantía mínima mensual es:

- 790,70 euros si tiene un cónyuge a cargo.

- 639,50 euros si no tiene cónyuge (unidad económica unipersonal).

- 604,40 euros si tiene un cónyuge no a cargo.

En caso de incapacidad total derivada de enfermedad común para menores de 60 años, la cuantía mensual es:

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- 503,90 euros si tiene un cónyuge a cargo.

- 503,90 si no tiene cónyuge (unidad económica unipersonal).

- 499,50 euros si tiene un cónyuge no a cargo.

Pensiones por fallecimiento

La pensión mínima de viudedad es de 790,70 euros al mes para los beneficiarios con cargas familiares. Para aquellos que tengan 65 años o una discapacidad igual o superior al 65%, la cuantía mínima mensual es de 683,50 euros. En caso de tener entre 60 y 64 años la cuantía es 639,50 euros al mes y para los menores de 60 la cantidad mensual es 517,80 euros.

Con respecto a la pensión de orfandad, la cuantía mínima está fijada en 208,90 euros mensuales por beneficiario. En caso de que el beneficiario sea menor de 18 años y tenga una discapacidad igual o mayor al 65%, la cuantía asciende a 411 euros mensuales. Para la orfandad absoluta la cuantía mínima está fijada en 726,70 euros mensuales si existe un solo beneficiario. Si hay varios beneficiarios, la cuantía mensual es el resultado de dividir 726,70 entre el número de beneficiarios.

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En cuanto a la pensión en favor de familiares, la cuantía mensual es de 208,90 euros mensuales. Si no existe viuda ni húerfano pensionistas, las cantidades varían:

- Para un solo beneficiario con 65 años la cuantía mensual es 504,80 euros.

- Para un solo beneficiario menor de 65 años la cuantía es de 475,80 euros al mes.

- Si hay varios beneficiarios, la cuantía mensual es el resultado de dividir 517,8 entre el número de beneficiarios.

Seguro Obligatorio de Vejez e Invalidez

En cuanto al Seguro Obligatorio de Vejez e Invalidez (SOVI), en los casos de vejez, invalidez y viudedad, la cuantía mínima es 437,70 euros al mes. Las prestaciones SOVI recurrentes tendrán un pago de 424,80 euros al mes.

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Pensiones no contributivas

Las pensiones no contributivas de jubilación o invalidez se reconocen a aquellos ciudadanos que carecen de recursos suficientes para su subsistencia, aunque no hayan cotizado nunca o no lo hayan hecho por el tiempo suficiente. Cada año se fijan unas cuantías básicas que después se adaptan a cada pensionista en función del número de beneficiarios que vivan en el mismo domicilio, sus rentas personales y/o las de su unidad económica de convivencia. En 2020 la cuantía básica es de 395,60 euros mensuales. En ningún caso la pensión no contributiva puede ser inferior a la mínima del 25% establecida, es decir, 98,80 euros al mes.

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