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Miércoles, 10 de noviembre 2021, 10:50
Aunque el dinero en efectivo cada vez se usa con menos frecuencia, debido a la normalización del pago con tarjeta y a través de aplicaciones como Bizum, todavía hay una gran cantidad de billetes y monedas circulando a diario en nuestro país. A ... menudo es frecuente que los billetes, al estar hechos de papel, sufran roturas o desperfectos tras mojarse o mancharse. De acuerdo con el Banco de España, existe un protocolo para estos casos y una serie de requisitos a cumplir para la devolución del importe.
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Así pues, las personas que tengan billete deteriorado pueden presentarlo en una sucursal del Banco de España o, en su caso, en su entidad de crédito para su reconocimiento y posterior canje por uno nuevo.
Cabe destacar que, como norma general, el cambio tendrá lugar cuando se presente más de la mitad de la superficie original del billete o cuando se pueda demostrar que la parte que falta se ha destruido. Los billetes manchados, ensuciados con inscripciones o rotos, una vez reconocidos, pueden canjearse por billetes nuevos de igual valor. Otra opción es abonar su importe en la cuenta corriente de la entidad financiera que señale el presentador del billete.
Según la Decisión del Banco Central Europeo de 19 de abril de 2013 (BCE/2013/10) sobre las denominaciones, especificaciones, reproducción, canje y retirada de los billetes en euros, el derecho de emisión de billetes en euros que tienen el Banco Central Europeo y los bancos centrales nacionales de los Estados miembros cuya moneda es el euro, como es el caso del Banco de España, comprende la facultad de tomar las medidas legales necesarias para proteger la integridad de los billetes en euros como medio de pago, incluyendo la adopción de un régimen común para el canje de billetes en euros auténticos deteriorados.
En este sentido, la referida Decisión establece que cuando los bancos centrales nacionales tengan constancia o indicios suficientes de que los billetes en euros auténticos han sido deteriorados intencionadamente, denegarán su canje y los retendrán a fin de evitar que puedan volver a circular o que el solicitante del canje los presente en otros bancos centrales nacionales. Asimismo, establece que se canjearán esos billetes cuando se tenga constancia o indicios suficientes de que el solicitante del canje actúa de buena fe o cuando el solicitante pueda probar que actúa de buena fe. Desde esa perspectiva, debe tenerse en cuenta que escribir o realizar estampaciones o inscripciones sobre los billetes es susceptible de ser considerado un deterioro intencionado de los mismos que podría afectar a su integridad.
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Finalmente, procede significar que cualquier tipo de inscripción, sea cual fuere su intención o finalidad, constituye un uso inapropiado de los billetes en euros que no se corresponde con su finalidad monetaria, siendo esta el único uso adecuado de los billetes de curso legal.
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