daniela londoño
Sábado, 18 de febrero 2023, 10:29
Se aproxima la fecha en que la mayoría de los españoles debe presentar su Declaración de Renta anual correspondiente al ejercicio del año anterior. Respecto de esta presentación de impuestos, son muchas las dudas que surgen. Bien porque muchos ciudadanos no saben a partir ... de cuál tope de ingresos debe presentarse, o si de acuerdo a su actividad económica es necesario. En otros casos, las personas que están recibiendo subsidios del Gobierno también se cuestionan sobre la obligatoriedad de esta declaración.
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Sobre este último aspecto, de acuerdo con la Ley 35/2006 del 28 de noviembre, en su artículo 17, están obligados a presentar declaración de renta anual todos los rendimientos por empleo. Se entienden por estos rendimientos, todos los ingresos que un ciudadano obtenga a partir de cualquier actividad económica. En el caso de quienes cobran el paro, este subsidio entra en la categoría de rendimiento íntegro del trabajo. Por lo tanto, quienes lo reciban deberán realizar la debida declaración.
Aunque así lo dicta la norma, también se contemplan algunas excepciones relacionadas con el nivel de ingresos obtenidos el año anterior. En este sentido, si tus ingresos superan los 22.000 euros provenientes de un único pagador, estarás obligado a presentar la declaración. Igual sucede en los casos en que se registre más de un pagador. En cambio, si tienes ingresos anuales inferiores a esta cantidad y, además, has cobrado la capitalización del paro o pago único, también estarás exento de la declaración.
Otra de las dudas más frecuentes es si la declaración opera en el caso de las pensiones. La respuesta es sí, las pensiones también son entendidas como rendimientos del trabajo. Por lo tanto, también estarás obligado a declarar si superas los ingresos establecidos en la norma. Sin embargo, en estos casos también hay excepciones, por ejemplo, las pensiones de orfandad, incapacidad absoluta o gran invalidez.
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