c. á.
Sábado, 24 de septiembre 2022, 11:47
Para los parados mayores de 52 años existen subsidios específicos. Pero para poder percibirlo es necesario realizar un trámite, la declaracion anual de rentas. Es un sistema que permite enviar la declaración al SEPE, sin la exigencia de medio de identificación segura. Se trata de un proceso que hay que realizar cada 12 meses a contar desde la fecha de inicio de ese derecho al subsidio desde la fecha en la que lo reanudó por última vez. El plazo para presentar la declaración es de 15 días a partir de aquel en el que se cumplan los doce meses. Y es algo que se puede hacer a través de la sede electrónica del Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE).
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El SEPE informa de que la cuantía del subsidio para mayores de 52 años es del 80% del Indicador de Renta Pública de Efectos Múltiples (IPREM). Tras la subida del 2,5% para 2022, la nueva cuantía es de 463,21 euros mensuales.
Los requisitos para poder cobrarlo:
-Disponer de usuario y contraseña obtenido a través del sistema de cl@ve, certificado digital o DNIe. Para finalizar los trámites que requieren firma, es imprescindible, cuando se accede con usuario y contraseña cl@ve, disponer de teléfono móvil y que coincida con el registrado en cl@ve.
-Inscribirse como demandante de empleo en el servicio de empleo autonómico; si reside en Ceuta o Melilla, en el Servicio Público de Empleo Estatal.
-Declarar que no se superan los límites de rentas establecidos.
-Aceptar la conformidad de los datos de los que dispone la Administración.
Se puede realizar el trámite de forma digital si los ingresos no han superado el 75% del Salario Mínimo Interprofesional (SMI) ningún mes. Si no dispones de claves de acceso a internet o tus rentas han superado en algún mes el citado importe, deberás acudir a tu oficina de prestaciones, previa petición de cita en la Web del SEPE o por teléfono.
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En el caso de no presentar esta declaración en el plazo indicado, se interrumpirá el pago del subsidio y de la cotización a la Seguridad Social. Si se presenta fuera de plazo, se reanudará el cobro del subsidio, pero con efectos desde la fecha en que se entregue dicha declaración.
El pago del subsidio se realizará por mensualidades de 30 días, entre los días 10 y 15 del mes inmediato siguiente al que corresponda el devengo.
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