Alberto Flores
Granada
Viernes, 2 de julio 2021, 10:35
El plazo para presentar la declaración de la Renta ya ha finalizado. De hecho, el último día para hacerlo era el pasado 30 de junio y la mayoría de contribuyentes ya han presentado sus datos en tiempo y forma. Sin embargo, siempre hay casos de ... personas que, por diversos motivos, no han podido realizar la presentación para cumplir con sus obligaciones con el fisco. Ya sea por que se les ha olvidado, porque desconocían que tenían obligación a presentarla o por cualquier otro motivo.
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Y en esos casos, lo más probable es que Hacienda los castigue con sanciones por no haber realizado la declaración de la Renta en el plazo correspondiente. Pero estas posibles sanciones son muy diferentes en función del tiempo que pase hasta que se presente, porque puede realizarse la presentación fuera de plazo, y de quién se de cuenta de que no se ha realizado el trámite.
El primer aspecto a tener en cuenta tiene que ver con el tiempo que pasa desde que finaliza el plazo para presentar la declaración hasta que finalmente se presenta. En este caso, el último día para realizar esta acción fue el pasado 30 de junio, por lo que lo más importante para evitar sanciones o que estas no sean muy elevadas tiene que ver con presentarla lo más pronto posible, aunque sea fuera de plazo. Cuanto más se tarde en hacerlo, más alta será la sanción recibida.
Otro detalle importante en lo que a las sanciones de Hacienda por no presentar la declaración de la Renta a tiempo tiene que ver con quién se da cuenta de que falta la declaración. Porque no es lo mismo que sea el propio contribuyente el que se percata de su error y la presenta rápidamente a si lo hace Hacienda. En este caso, si es la Agencia Tributaria la que se percata de que no se ha presentado la documentación el escenario, en lo que a sanciones se refiere, será peor que si hubiera sido el contribuyente el que lo hiciera.
Además de estos dos factores, también es importante determinar un último aspecto: si sale a pagar o a devolver. En el caso de que sea Hacienda la que tenga que devolver al contribuyente una determinada cantidad de dinero con una declaración presentada fuera de plazo, la devolución se realizará. Sin embargo, es posible que esa devolución incluya una multa que, por norma general, suele ser de 200 euros.
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La cosa cambia si la declaración sale a pagar. En este caso, si es el contribuyente el que se da cuenta de ello los recargos en la cantidad adeudada son los siguientes: 5% hasta tres meses de atraso, 10% entre tres y seis meses, 15% entre seis y doce meses, y 20% más intereses si pasa un año desde la fecha final para realizar el trámite.
Y si es Hacienda la que se da cuenta del error y la que, en consecuencia, reclama el dinero, las sanciones son bastante más elevadas. Cuando la infracción se considere leve, que es cuando no existe ocultación y base de la sanción es inferior a 3.000 euros, el recargo será de un 50%. Mientras que si la infracción es grave por ocultación o muy grave por utilizar medios fraudulentos, el recargo puede llegar hasta el 150%.
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