¿Cuándo hay que declarar el Ingreso Mínimo Vital en la declaración de la Renta?

Desde el Ministerio de Hacienda resuelven las dudas sobre quiénes tienen obligación de declarar el IRPF cuando se cobra esta ayuda

Alberto Flores

Granada

Jueves, 14 de abril 2022, 11:18

Esta misma semana, concretamente el miércoles día 6 de abril, ha comenzado la campaña de la Renta de este año, que corresponde al ejercicio económico de 2021. De este modo, todos los españoles obligados a presentar la declaración a Hacienda tendrán hasta el próximo ... 30 de abril para hacerlo si quieren estar al corriente con la Agencia Tributaria. Sin embargo, como cada año, hay ciertas dudas sobre quiénes tienen que hacerla y quiénes no.

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Según establece Hacienda, los requisitos marcados para que sea obligatorio presentarla pasan por haber ingresado más de 22.000 euros brutos durante 2021 con un único pagador o 14.000 en el caso de que existan dos o más pagadores. Una situación que puede ser algo confusa en lo relativo a quienes cobran subsidios y ayudas como el Ingreso Mínimo Vital (IMV), una medida aprobada por el Gobierno para proteger a las familias más vulnerables.

Quienes cobre el IMV perciben anualmente una cifra inferior a esos 22.000 euros que marcan la obligación de presentar la Renta. Sin embargo, según detalla Hacienda, todos los beneficiarios deben presentar el IRPF sin importar cuál sea la cantidad de los ingresos registrados por esa persona en 2021.

En este sentido, desde la Agencia Tributaria aclaran que en estos supuestos la declaración es muy sencilla ya que no hay que incorporar ingresos en la mayoría de los casos. De hecho, la mayoría de contribuyentes que cobren el IMV tendrán una declaración de la Renta este 2022 que no saldrá ni a pagar ni devolver, sino que será con importe cero.

Casos en los que hay que declarar

Por otra parte, desde Hacienda también explican que existen ciertos casos en los que es necesario declarar el IRPF pese a que muchas de las ayudas y subsidios están exentos de cobro. Por ejemplo, quienes ingresen un importe superior a 11.862,90 euros, que es el 1,5 del Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM), sí estarán obligados a hacerlo. Además, si se da el caso de que una persona cobra otra ayuda además del IMV, explican que será necesario declarar y tributar por dicho extra, sin importar si se trata de la renta mínima de inserción, ayudas de las comunidades autónomas y ayuntamientos o otro tipo de rentas garantizadas.

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