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Viernes, 10 de julio 2020, 14:01
Si bien ya ha finalizado el estado de alarma, la crisis sanitaria ocasionada por el coronavirus continúa y actualmente hay más de 70 brotes activos en toda España. Aunque de momento continúa la libertad de movimientos en la mayor parte del país, hay dos zonas ... que han tenido que ser confinadas por la gravedad de los brotes detectados: El Segrià (Lleida) y A Mariña (Lugo). Estos confinamientos han sido decretados por las respectivas comunidades autónomas, ante lo cual surge la duda de si es posible hacerlo sin declarar el estado de alarma.
Según explican enMaldita.es, la Ley 14/1986, de 25 de abril, General de Sanidad dicta que las competencias en Sanidad las tienen tranferidas las comunidades autónomas. Asimismo, la Ley Orgánica 3/1986, de 14 de abril, de Medidas Especiales en Materia de Salud Pública indica en su artículo 3 que, para controlar enfermedades transmisibles, las autoridades sanitarias pueden «adoptar las medidas oportunas para el control de los enfermos, de las personas que estén o hayan estado en contacto con los mismos y del medio ambiente inmediato, así como las que se consideren necesarias en caso de riesgo de carácter transmisible».
Por tanto, las comunidades autónomas pueden confinar a parte de su población para evitar que el virus se siga contagiando. Es por ello que tanto la Xunta de Galicia como la Generalitat de Cataluña han podido confinar A Mariña y El Segrià respectivamente. De hecho, antes de la cuarentena nacional ya se confinaron Igualada y otros municipios.
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No obstante, la ley de Medidas Especiales en Materia de Salud Pública no permite el confinamiento de toda la población. Para ello sería necesario activar de nuevo el estado de alarma que, de acuerdo con el artículo 116 de la Constitución, tiene que ser declarado por el Gobierno mediante decreto acordado por el Consejo de Ministros.
Según señala el artículo cuarto de la Ley Orgánica 4/1981, de 1 de junio, de los estados de alarma, excepción y sitio, el Gobierno «podrá declarar el estado de alarma, en todo o parte del territorio nacional». Es decir, para confinar una comunidad autónoma completa el Gobierno puede decretar el estado de alarma en esa zona. Al declararlo sería el Gobierno quién decidiría cuáles son las medidas a tomar, entre las cuales puede estar la limitación de movimientos.
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