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Sorte del 11 del 11 de la ONCE. ONCE
Lotería y Hacienda: ¿Cuánto dinero se queda Hacienda de los premios del sorteo del 11 del 11 de la ONCE?
Lotería y Hacienda

¿Cuánto dinero se queda Hacienda de los premios del sorteo del 11 del 11 de la ONCE?

De acuerdo con la información oficial de la Agencia Tributaria, algunas bonificaciones están exentas de pago, pero otras suponen una cuantiosa aportación

IDEAL

Miércoles, 10 de noviembre 2021, 11:25

Nos acercamos a la Navidad, la época por excelencia de la lotería. Sin embargo, antes de llegar a las fechas navideñas, aún quedan sorteos importantes que pueden dejar cuantiosos premios. Uno de ellos se celebra mañana mismo: el 11 del 11 de la ONCE. En este sorteo, que se celebra el día once de noviembre de cada año, la Organización Nacional de Ciegos Españoles (ONCE) reparte un premio de once millones de euros y once premios de un millón de euros. Se trata de una gran cantidad de dinero, pero ¿cuánto se queda Hacienda por cada una de estas operaciones?

De acuerdo con la información oficial de la Agencia Tributaria, algunas bonificaciones están exentas de pago, pero otras suponen una cuantiosa aportación. Así pues, están sometidos al Impuesto sobre la Renta de no Residentes mediante un gravamen especial, los premios de las loterías y apuestas organizadas por la Sociedad Estatal Loterías y Apuestas del Estado y por los órganos o entidades de las Comunidades Autónomas, así como de los sorteos organizados por la Cruz Roja Española y de las modalidades de juegos autorizadas a la Organización Nacional de Ciegos Españoles.

El gravamen no resultará de aplicación a los premios derivados de juegos celebrados con anterioridad a 1 de enero de 2013. Además, el gravamen se exige de forma independiente respecto de cada décimo, fracción o cupón de lotería o apuesta premiado.

Cuantías de premio exentas de pago

- A partir del 1 de enero de 2020 la cuantía exenta será de 40.000 euros.

- Los premios superiores a estas cuantías tributan respecto de la parte que exceda de las mismas.

- En el supuesto de que el premio fuera de titularidad compartida, la cuantía exenta se prorrateará entre los cotitulares en función de la cuota que les corresponda.

- La base imponible del gravamen estará formada por el importe del premio que exceda de la cuantía exenta.

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