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Miércoles, 9 de diciembre 2020
El año 2021 traerá cambios para aquellas personas que quieran jubilarse. De acuerdo con la reforma introducida por la Ley 27/2011, que entró en vigor en enero de 2013, continúa el retraso progresivo de la edad legal de jubilación y el aumento de los ... años computables para el cálculo de la pensión.
Los trabajadores que quieran jubilarse en 2021 con 65 años tendrán que haber cotizado al menos 37 años y 3 meses, en lugar de los 37 años que se han exigido en 2020. Aquellos que no alcancen este periodo de cotización, tendrán que haber cumplido 66 años para dejar de trabajar, frente a los 65 años y 10 meses que había que tener en 2020. Con este aumento progresivo la edad de jubilación se acerca a los 67 años previstos para 2027. Aquellos que en ese momento se quieran jubilar con 65 años tendrán que haber cotizado 38 años y 6 meses.
El aumento de la edad legal de jubilación también afecta al momento en el que se puede acceder a la jubilación anticipada voluntaria o no voluntaria. Pueden jubilarse anticipada y voluntariamente aquellos que tengan una edad que sea, como máximo, dos años inferior a la exigida en cada caso. Es decir, en 2021 será necesario haber cumplido 64 años. En cuanto a la jubilación anticipada derivada del cese no voluntario en el trabajo, el requisito es tener cumplida una edad que sea inferior en cuatro años, como máximo, a la edad exigida que resulte de aplicación. Por tanto, en 2021 habrá que tener al menos 62 años para acceder a esta modalidad de jubilación.
El próximo año no solo se retrasa la edad de jubilación, sino que también cambia la forma de calcular la base reguladora de la pensión. En 2021 la base reguladora será el resultado de dividir por 336 las bases de cotización durante los 288 meses inmediatamente anteriores al mes previo al del hecho causante. Es decir, se tendrán en cuenta las cotizaciones de los últimos 24 años, en lugar de los 23 que se han tenido en cuenta en 2020.
Lo que no cambia es el periodo mínimo de cotización necesario para acceder a la pensión, que se mantiene en 15 años, de los cuales dos deberán estar comprendidos dentro de los 15 inmediatamente anteriores al momento de causar el derecho o a la fecha en que cesó la obligación de cotizar. Tampoco cambiará hasta 2023 el número de años cotizados necesarios para alcanzar el 100% de la pensión, que se mantiene en 36.
Además, el próximo año volverá a aumentar un 0,9% la cuantía de las pensiones de jubilación, tal y como recogen los Presupuestos Generales del Estado. En el caso de las pensiones no contributivas, la nómina subirá un 1,8% en 2021.
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