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Pensiones y jubilación: Las 27 enfermedades que te habilitan para una pensión por incapacidad permanente
Pensiones y jubilación

Las 27 enfermedades que te habilitan para una pensión por incapacidad permanente

En 2023 las pensiones por incapacidad permanente se revalorizaron en un 8,5% de acuerdo con lo previsto en la Ley de Presupuestos Generales del Estado

daniela londoño

Martes, 17 de enero 2023, 10:52

Las pensiones por incapacidad permanente son aquellas prestaciones económicas destinadas a cubrir la pérdida de ingresos en los trabajadores a causa de enfermedades o accidentes laborales. Pueden ser titulares de esta ayuda todas las personas que cumplan con los requisitos señalados por la Seguridad Social en cuanto al grado de discapacidad. Ese grado varía, y puede ir desde la discapacidad parcial, total, absoluta, hasta gran invalidez.

Al igual que el resto de pensiones contributivas, las pensiones por invalidez sufrieron un ajuste de valorización de cara a 2023. Se trata de un incremento del 8,5% impulsado por el gobierno para contener los efectos de la inflación que alcanzó el pasado agosto un 10,4%. Así, y tras el aumento decretado, los pensionistas que reciben ingresos por incapacidad permanente por gran invalidez, pasarán de percibir 1.027 euros a 1.114 euros.

En cuanto a las enfermedades que habilitan a recibir este tipo de pensiones, el Instituto Nacional de la Seguridad Social valora la solicitud del interesado con base en el concepto de un tribunal médico. De acuerdo con esta evaluación, el INSS generará una resolución declarando el grado de incapacidad y la respectiva pensión. Así mismo, la cuantía económica y el plazo a partir del cual se volverá a evaluar el caso. Las enfermedades consideradas son:

· Alzheimer

· Arterioesclerosis

· Artritis Reumatoide

· Artrosis

· Cáncer

· Colitis Ulcerosa

· Demencia

· Enfisema Pulmonar

· Epilepsia

· Esclerosis Múltiple

· Fibrilación auricular

· Glaucoma

· Hernia Cervical

· Hipertensión Pulmonar

· Hipoacusia

· Insuficiencia renal crónica

· Lumbalgia

· Eritematoso Sistémico

· Miastenia Gravis

· Migraña

· Parkinson

· Patologías de Manos

· Pérdida de visión

· Síndrome de Arnold Chiari

· Trasplante de riñón

Además de la condición médica, los interesados en acceder a este tipo de pensiones deberán cumplir los siguientes requisitos:

· Residir en España durante un período de cinco años consecutivos

· Tener entre 18 y 65 años

· Un límite de ingresos anuales igual que el considerado en la pensión no contributiva de jubilación.

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