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Sábado, 29 de mayo 2021, 11:40
Los vehículos deben llevar según la legislación diversos distintivos, como el de la ITV o la 'L' de conductor novel. Además, la normativa permite colocar otros adhesivos en el vehículo, pero siempre que no disminuyan la visibilidad. Así lo indica el artículo 19 del Reglamento ... General de Circulación: «La superficie acristalada del vehículo deberá permitir, en todo caso, la visibilidad diáfana del conductor sobre toda la vía por la que circule, sin interferencias de láminas o adhesivos». Es por ello que, en el caso de las pegatinas obligatorias, la normativa señala en qué lugar deben colocarse.
Este adhesivo indica que el vehículo ha superado favorablemente la inspección técnica de vehículos (ITV), así como la fecha en la que debe pasar la próxima inspección. Según indica el Reglamento General de Vehículos, en el caso de aquellos vehículos que tengan parabrisas, el distintivo se debe colocar en el ángulo superio derecho del mismo por su cara interior. En el resto de vehículos, el distintivo se colocará en un sitio bien visible. Llevar la pegatina en un lugar incorrecto puede ser sancionado con una multa de hasta 100 euros.
Los conductores noveles deben llevar una placa con una 'L' durante el primer año de permiso para que el resto de usuarios sepan que son inexpertos. Según el Reglamento General de Vehículos, esta señal debe estar colocada en la parte posterior izquierda del vehículo, en sitio visible. En las motocicletas, vehículos para personas de movilidad reducida y vehículos de tres ruedas es suficiente que la señal vaya colocada en sitio visible de la parte posterior. No colocarla antes de empezar a conductir es una infracción leve que puede ser sancionada. Según la Dirección General de Tráfico (DGT), esta multa es de 80 euros.
El distintivo ambiental, que será modificado en julio, es una manera de clasificar los vehículos en función de su eficiencia energética, teniendo en cuenta el impacto medioambiental de los mismos. Esta pegatina debe ir adherida en el ángulo inferior derecho del parabrisas delantero, si se dispone de él. Si no lo tiene, debe colocarse en cualquier sitio visible del vehículo. Según explica la DGT, su colocación no es obligatoria, si bien existen ordenanzas municipales que pueden regular o incluso limitar la circulación de los vehículos en función del distintivo que tengan.
Este dispositivo o adhesivo permite acceder a las vías de peaje sin detenerse para realizar el pago. En vehículos ligeros se debe colocar en la parte superior central del interior del parabrisas, siguiendo el manual del usuario que se facilita al contratar este sistema de pago. En vehículos pesados debe colocarse en la parte inferior central interior del parabrisas en posición vertical, mientras que en las motocicletas deberá ir en el carenado.
Hay ciertas pegatinas cuyo uso en los vehículos está prohibido. Según informa la web Motor de Mapfre, está prohibido el uso de adhesivos reflectantes o luminiscentes, ya que pueden entorpecer la visibilidad al resto de usuarios de la vía. Asimismo, tampoco están permitidas las pegatinas de competición, como dorsales o similares de eventos deportivos, pues se considera que este tipo de pegatinas incitan a un aumento excesivo de la velocidad.
Circular con un vehículo en el que la colocación de adhesivos u otros elementos no autorizados impide la visibilidad diáfana de la vía puede ser sancionado con una multa de 200 euros.
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