Declaración de la Renta
Un experto avisa de cómo afecta a la Renta el dinero que das a tus hijosDeclaración de la Renta
Un experto avisa de cómo afecta a la Renta el dinero que das a tus hijosAlberto Flores
Granada
Martes, 18 de abril 2023, 11:11
Desde la semana pasada está disponible la nueva campaña de la declaración de la Renta, en la que los contribuyentes obligados a ello deben rendir cuentas con la Agencia Tributaria al respecto de sus ingresos durante 2022. Y, al igual que sucede con las pensiones, esta nueva campaña llega cargada de novedades este año gracias al estreno de una gran cantidad de nuevas deducciones.
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A la hora de aclarar los ingresos con Hacienda suelen existir ciertas dudas en determinadas casillas de la declaración. De hecho, existen muchos casos que la mayoría de ciudadanos desconocen y que deben añadir a su borrador. Uno de ellos es el relacionado con las donaciones, que también están sujetas al pago de impuestos.
Pero, ¿qué se entiende por donación exactamente? Lo cierto es que cualquier traspaso de un bien se entiende como una donación. «Una donación es el traspaso de un bien, de manera voluntaria y sin esperar nada a cambio. Las más habituales son las dinerarias y las de bienes o derechos», explica a IDEAL J. Luis Viruega, asesor fiscal de TaxScouts.
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De este modo, cualquier traspaso de dinero se considera como una donación. Incluso el dinero que los padres dan a sus hijos de manera desinteresada. La ley es clara al respecto: se deben declarar y pagar impuestos por cualquier tipo de donación, sin límite marcado, independientemente de cuánta cantidad se haya regalado.
Aunque en teoría haya que pagar por cualquier donación de dinero, lo cierto es que la Agencia Tributaria suele poner el foco en los movimientos de dinero entre cuentas o ingresos a partir de los 3.000 euros. «La ley exige que se declaren todas las donaciones. En ocasiones se habla de un límite de 3.000 euros pero no es correcto, pues legalmente cualquier donación debería declararse, sea del importe que sea», aclara Viruega.
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J. Luis Viruega
Asesor fiscal de TaxScouts
En lo relativo a cuánto hay que pagar por ese tipo de donaciones, la cantidad varía en función de la comunidad autónoma en la que se resida. «El Impuesto de Sucesiones y Donaciones está cedido, lo que significa que las Comunidades Autónomas tienen la posibilidad de establecer reducciones y donaciones», explica el asesor fiscal de TaxScouts, que señala que el impuesto va del 7,65% al 34% en función de la cantidad donada.
Sin embargo, comunidades como Madrid, Andalucía, Murcia y La Rioja cuentan con una reducción del 99% para este tributo, por lo que únicamente hay que pagar el 1% del valor de lo donado. Y en otras como valencia hay una exención del impuesto para cantidades hasta 100.000 euros. «Al ser un impuesto regulado por las distintas Comunidades Autónomas, hay que revisar la normativa autónomica, por lo que lo mejor es siempre consultar con un asesor fiscal», recomienda.
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Tal y como señala Viruega, cualquier donación se debe declarar, sea del importe que sea. De hecho, el experto advierte que Hacienda cuenta con un plazo de cuatro año para solicitar el pago de este tributo. Y no hacerlo «podría acarrear el abono de intereses y recargos» e incluso multas en algunos casos. Mientras que una vez pasado ese periodo de cuatro años ya no podrán reclamar el pago del impuesto.
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