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Viernes, 17 de diciembre 2021, 14:23
En un bote, en lo alto de un armario y debajo del colchón. Los rincones para guardar dinero son tan numerosos como la imaginación lo permita. Pero, Hacienda avisa que, aunque no es ilegal tener efectivo en la residencia, hay que declararlo y demostrar su ... procedencia.
La Agencia Tributaria no puede controlar todos los ingresos o retiradas de dinero, pero sí vigila especialmente aquellos movimientos que impliquen el uso de billetes de 500 euros o las cantidades que sean superiores a los de 3.000 euros.
La certeza de que este tipo de movimientos de dinero será declarado a Hacienda es que los bancos tienen la obligación legal de informar a la administración en el momento en el que detecte alguna trasnferencia entre personas con las características anteriormente mencionadas.
Por ello, cualquier movimiento superior a 3.000 euros o realizado con billetes de 500 o dinero sacado desde el banco con estas características será informado por las entidades bancarias y por consiguiente, la Agencia Tributaria sabrá que está en nuestro poder.
El motivo de todo este control es la Ley 11/2021, de 9 de julio, de medidas de prevención y lucha contra el fraude fiscal por la que se redujeron los límites de pago en efectivo para una mejor verificación de las transacciones.
Además, Hacienda pone el ojo en los «sectores y modelos de negocio en los que los niveles de economía sumergida puedan generar una especial percepción social» por el uso de dinero efectivo en cantidades superiores a las establecidas por la ley.
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