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Daniela Londoño
Martes, 21 de marzo 2023, 12:30
Como es conocido, en España, cualquier trabajador que sufra una enfermedad o accidente asociado o no a su trabajo tendrá derecho a un período de baja temporal o permanente remunerada según el caso. Los requisitos y condiciones para mantener este beneficio han sido recientemente modificados desde el Consejo de Ministros. Desde esta instancia se aprobó un Real Decreto a partir del cual se introducen una serie de modificaciones a la gestión de las incapacidades.
Por lo tanto, a partir del próximo mes de abril empezarán a regir los cambios. La idea es simplificar los trámites relacionados con las bajas por enfermedad temporal. En este sentido, en adelante, el facultativo que genere el parte médico de baja, confirmación o alta entregará una copia al trabajador. Este, a diferencia de lo que se hacía antes, ya no tendrá que informar a la empresa, sino que esta podrá descargarlo desde el fichero de la Seguridad Social.
Con el nuevo mecanismo, el Servicio Público de Salud, mutua o empresa colaboradora remitirá los datos sobre partes médicos al Instituto Nacional de la Seguridad Social telemáticamente. En los casos en que la empresa o empleador no estén incorporados en el sistema RED la comunicación será por correo electrónico. Igualmente, también deberá estar disponible en la sede electrónica de la Seguridad Social.
A su vez, las empresas deberán remitir al INSS los datos económicos del parte médico de baja en un plazo de máximo tres días hábiles. Deberán hacerlo mediante el Sistema RED, lo cual agilizará y simplificará el proceso en general. Además de estos cambios, la nueva normativa también afecta a los Servicios Públicos de Salud de las comunidades. En este sentido, el INSS no exigirá el cumplimiento de la Clasificación Nacional de Ocupaciones (CNO, con lo cual disminuirá la carga de trabajo para el personal médico.
Por último, serán las empresas las responsables de cumplimentar la información sobre la actividad funcional que desarrolla el trabajador. Esto incluye tanto la información del CNO como la descripción de las funciones que desempeña el trabajador.
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