Importante novedad en la Declaración de la Renta que afecta a madres en 2021

No tienen derecho a aplicar la deducción por maternidad

Ideal

Miércoles, 17 de marzo 2021, 11:45

Las madres trabajadoras pueden minorar la cuota diferencial del IRPF (Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas) hasta en 100 euros mensuales (1200 euros al año) por cada hijo menor de tres años. Para poder aplicar esta deducción las madres deben estar realizando una ... actividad por cuenta propia o ajena por la cual estén dadas de alta en un régimen de la Seguridad Social o Mutualidad. Esta deducción se puede hacer efectiva de dos maneras. La primera es aplicándola en su totalidad en la declaración anual del IRPF. La segunda es recibirla de forma anticipada mes a mes, es decir, cobrar mensualmente 100 euros por cada hijo.

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No obstante, la Agencia Tributaria advierte de que, en caso de haber estado en un ERTE (expediente de regulación temporal de empleo) de suspensión del contrato, la mujer no tiene derecho a disfrutar de la deducción por maternidad durante el tiempo que dure dicho ERTE.

Según explica la Agencia Tributaria, el apartado 2 del artículo 208 del texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social señala que, en el caso de los ERTE en los que se suspenda el contrato de trabajo, el contribuyente se encuentra en situación de desempleo total. Por tanto, en los casos de suspensión del contrato de trabajo durante todo el mes, deja de realizarse una actividad por cuenta ajena y de cumplirse los requisitos para disfrutar de la deducción por maternidad y su abono anticipado.

La Agencia Tributaria matiza que solo sería posible realizar un trabajo por cuenta ajena cuando este se realizase a tiempo parcial en supuestos temporales de regulación de empleo. En estos casos la mujer sí tendría derecho por estos meses a la deducción por maternidad.

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