Alberto Flores
Granada
Sábado, 19 de marzo 2022, 11:14
El inicio de la nueva campaña de la declaración de la Renta y Patrimonio de este año está cada vez más cerca. Será a partir del próximo 6 de abril de 2022 cuando se podrán rendir cuentas con la Agencia Tributaria por los ingresos obtenidos ... en el ejercicio económico de 2021. Y la cantidad a pagar por el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) es diferente en función de la comunidad autónoma en la que se resida.
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De hecho, es precisamente en el IRPF donde tiene lugar uno de los cambios más relevantes para este año: una subida de dos puntos porcentuales para las personas con ingresos por rentas del trabajo y patrimonios a partir de los 300.000 euros. Mientras que para las rentas superiores a los 200.000 euros la subida es de tres puntos.
En cuanto a los ciudadanos con ingresos inferiores a estas cifras, existen ciertas diferencias en los tramos porcentuales a pagar de IRPF. Algo que se debe a que las comunidades autónomas tienen cedido la mitad del impuesto, por lo que es posible modificar los tramos a nivel regional si lo consideran oportuno. Esto provoca que no todos los ciudadanos españoles vayan someterse a los mismos tramos en el IRPF pese a que cuenten con el mismo nivel de ingresos.
Los tramos parten en la mayoría de comunidades en el 9,5%, aunque hay casos en los que el tipo aplicable mínimo es menor, como sucede en Madrid, que es el 9%. Y también hay cambios en los máximos, con comunidades el 21% para este tramo y otras que sitúan el máximo por encima, en el 25%.
• Andalucía: escala de ocho tramos que va del 9,5% para las cantidades hasta 12.450 euros al 23,7% hasta los 300.000.
• Aragón: aquí el tipo mínimo se sitúa en el 10% y el máximo en el 25%, con una escala de diez tramos.
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• Extremadura: mínimo del 9,5% y máximo a patir de los 120.000 euros del 25,50%.
• Comunidad de Madrid: el tipo mínimo es del 9% y el máximo, desde 53.407 euros, del 21%.
• Cantabria: mínimo del 9,5% y máximo del 25,5%.
• Asturias: escala de ocho tramos que va del 10% al 25,5%.
• Castilla La-Mancha: tipo mínimo aplicable del 9,5% y máximo a partir de los 60.000 euros del 22,5%.
• La Rioja: 9% de mínimo con un máximo aplicable de 25,5% a partir de los 120.000 euros.
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• Galicia: el tipo más bajo es del 9,5% y el más alto del 25%.
• Castilla y León: en este caso el mínimo también se fija en el 9,5% y el máximo asciende al 21,5%.
• Canarias: cuenta con siete tramos que van del 9% al 21,5%.
Baleares: también escala de nueve tramos con mínimo del 9,5 y máximo del 25%.
En el caso de País Vasco y Navarra se trata de regiones con un régimen foral propio, lo que implica que cuentan con su propia escala para el IRPF. En el País Vasco el mínimo aplicable es del 23%, mientras que el máximo se sitúa en el 49%. Y en Navarra el mínimo es del 13% con un máximo a partir de los 300.000 euros del 52%.
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