J.M.
Sábado, 20 de agosto 2022, 11:19
Los jubilados que reciben una pensión tras haber finalizado su etapa laboral activa deben pagar también Impuesto sobre la Renta de las Personas (IRPF) Físicas, como cualquier otro trabajador.
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Hacienda aplica una serie de retenciones mensuales al receptor de la pensión en función de ... una escala progresión según la cuantía que perciba el jubilado. Cuanto más cobre, más dinero se le retiene. Las escalas son las siguientes:
-Una retención mínima inferior al 1% para la renta hasta los 12.000 euros.
-Una retención mínima del 2,81% para los tramos comprendidos entre los 12.001 euros y los 18.000 euros.
-Una retención mínima del 8,69% para los tramos comprendidos entre los 18.001 y 24.000 euros.
-Una retención mínima del 11,83% para los tramos comprendidos entre los 24.001 y los 30.000 euros.
-Una retención mínima del 15,59% a partir de los 30.001 euros.
Para completar el porcentaje de retención que Hacienda aplica cada mes a las pensiones, también se tiene en cuenta aspectos como la edad, si existe una discapacidad física o psíquica y su porcentaje, el estado civil de la persona: casado/a, divorciado/a, soltero/a, las rentas del cónyuge y si se tienen hijos menores de 18 años.
Los jubilados pueden solicitar un aumento de la retención en la página del Ministerio de la Seguridad Social del Gobierno de España.
Para realizar la solicitud, hay que contar con Certificado Digital o Cl@ve PIN y presentar un documento en https://tramites.seg-social.es/acceso/retenciones-irpf-cambios-voluntario.html.
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