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Dinero en metálico. IDEAL

Hacienda advierte del límite de dinero en efectivo para pagar en tiendas e ingresar en bancos

El cliente debe conocer ciertos topes con los que se puede topar a la hora de afrontar operaciones económicas

IDEAL

Martes, 1 de marzo 2022, 12:37

Cada vez con más frecuencia el dinero virtual adquiere más predominancia en las operaciones económicas. Tanto el pago con tarjeta como las aplicaciones digitales de pago está relegando a un segundo plano al dinero en efectivo. Sin embargo, todos aquellos usuarios que prefieren utilizar el 'cash' deben conocer ciertas limitaciones de Hacienda, que ha explicado la razón por la que se pagarán cerca de 100 euros más en el IRPF, que se pueden encontrar a la hora de pagar.

El reglamento 2169/2005 de la Unión Europea establece un máximo de monedas que puede ser aceptado por tiendas y bancos. Concretamente, cincuenta monedas es el tope permitido de monedas en dinero efectivo con el que se pueden realizar tanto adquisiciones en establecimientos comerciales como ingresos en entidades financieras. A partir de una cifra superior, corresponderá al negocio en particular la aceptación o el rechazo del pago. Además, Hacienda ha desvelado los casos en los que se debe justificar el pago con efectivo.

Con respecto a la cantidad del pago con efectivo, la legislación establece un tope de 1.000 euros. Así, todo pago que supere esta cantidad no podrá efectuarse en metálico, sino mediante transferencia bancaria o pagio con tarjeta. En caso de no respetar esta norma, cuyo objetivo es combatir el fraude fiscal, tanto el que recibe el pago como el pagador se exponen a una sanción del 25% del importe abonado.

Solamente el que denuncie esta práctica en los tres primeros meses tras producirse el pago podrá librarse de esta sanción. En cuanto a los ingresos bancarios, el límite se fija en 3.000 euros siemrpe y cuando se informe del movimiento a Hacienda, que podría pedir explicaciones al considerarlo como ganancia patrimonial no justificada. Así detecta la Agencia Tributaria el dinero en fectivo que se debe declarar.

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